Reforma constitucional que establece la improcedencia de conceder la libertad provisional respecto de delitos que señala. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914500273

Reforma constitucional que establece la improcedencia de conceder la libertad provisional respecto de delitos que señala.

Fecha02 Noviembre 2000
Número de Iniciativa2617-07
Fecha de registro02 Noviembre 2000
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaMasferrer Pellizzari, Juan, Orpis Bouchon, Jaime
MateriaLIBERTAD PROVISIONAL
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Moción de los diputados señores Orpis y Masferrer

Moción de los diputados señores Orpis y Masferrer.

Reforma constitucional que establece la improcedencia de la libertad provisional respecto de delitos que indica.

(boletín Nº 2617-07)


1. Que en los últimos días ha surgido la polémica por la forma en que los jueces otorgan las libertades provisionales, particularmente tratándose de delitos contemplados en la ley
Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

2. Que esta polémica se ha generado con motivo de la reciente resolución de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que otorgó la libertad provisional al líder de una banda de narcotraficantes que operaba en el denominado “cité de la droga” en la
comuna de Santiago.

3. Que si bien las principales críticas apuntan a los jueces, éstos se justifican permanentemente señalando que estas resoluciones las adoptan conforme a la legislación vigente y a los antecedentes que obran en los procesos. Sin embargo, para quienes no comparten este criterio, los magistrados incurren en un profundo error de interpretación de la ley.

4. Que consciente de la gravedad del problema y con motivo de la discusión en el Parlamento de un proyecto de ley que sustituye la ley Nº 19.366, se ha presentado hace algunos meses una indicación a fin de restringir el otorgamiento de libertades provisionales en delitos contemplados en esta ley.

5. Que de aprobarse esta indicación se exigirá el voto favorable de la unanimidad de los miembros del tribunal de alzada que conocen de la causa para otorgar la libertad provisional, y si ésta fuere denegada por la Corte por considerar que ella es peligrosa para la seguridad de la sociedad o del ofendido, sólo podrá solicitarse nuevamente si el detenido o preso logra desvirtuar totalmente los hechos en que se basó la denegación.

6. Que lamentablemente dada la complejidad de esta iniciativa su tramitación en el Congreso ha sido lenta, lo que sumado a las señales dadas en esta...

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