Reforma la Constitución Política de la República estableciendo que Chile es una República Social y Democrática de Derecho. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502220

Reforma la Constitución Política de la República estableciendo que Chile es una República Social y Democrática de Derecho.

Fecha05 Junio 2007
Número de Iniciativa5070-07
Fecha de registro05 Junio 2007
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaDíaz Díaz, Marcelo, Enríquez-Ominami Gumucio, Marco, Espinosa Monardes, Marcos, Jiménez Fuentes, Tucapel, Meza Moncada, Fernando, Sule Fernández, Alejandro
MateriaCONSTITUCION 1980, REFORMA CONSTITUCIONAL
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Reforma Constitucional, que establece que Chile es una República social y

Reforma Constitucional, que establece que Chile es una República social y

democrática de derecho


Boletín N° 5070&8209;07


Para muchos analistas, políticos y ciudadanos, la República de nuestro país pasa por un momento crítico. Esto quiere decir que la República, nuestro sistema jurídico e institucional, las estructuras políticas, económicas y culturales que la sustentan, pasa por un momento propicio para el cambio de identidad. El cambio de un Estado de tinte neoliberal impuesto por una alianza militar/empresarial, que fue instalado por una sangrienta dictadura en el país entre 1973 y 1990 1, a un Estado Social y Democrático de Derecho.


Si bien se constatan importantes avances en los niveles de crecimiento económico nacional, no se han producido procesos de redistribución de la riqueza y del ingreso, por lo cual persisten aún significativas desigualdades sociales; Se han generado fenómenos de exclusión social de algunos sectores, lo que podría denominarse "la nueva cuestión social de nuestra época"; Se ha reducido la estructura y se ha debilitado el rol del Estado; En el plano ideológico, y a pesar de todos los esfuerzos por evitarlo, el modelo neoliberal se ha encarnado en Chile como parte del sentido común en amplios sectores; Se han producido crisis productivas nacionales derivadas del desplazamiento de grandes masas de capitales financieros internacionales. Se han producido restricciones en la generación de empleo; Se ha instalado una percepción generalizada de inseguridad en la sociedad, que se vincula fundamentalmente al acceso a puestos de trabajo estables 2.


La raíz de la situación descrita anteriormente (que, para los autores del Proyecto es considerado como "un problema grave"), tiene su razón de ser en la Constitución Política de 1980. "En 1980, ese poder constituyente monocrático "otorga" una nueva Constitución que privilegia la representación por sobre la participación democrática y consagra constitucionalmente un sistema neoliberal o libertario, claramente antirepublicano". Es más, "a pesar de las importantes reformas introducidas recientemente al texto constitucional y que comenzaron a regir en el año 2006, los principios filosóficos neoliberales siguen siendo los determinantes de la parte dogmática o de principios de la Carta Fundamental". Esto se explica de mejor manera en el hecho de que "la función del Estado reside sólo en la protección de la libertad, y, en ningún caso en la producción de la igualdad. El mercado tiene la última palabra con respecto a la distribución de ingreso 3. O sea, la sociedad chilena no cuenta con las instituciones que permitan avanzar en la tarea de asegurar a todos y todas una real y efectiva igualdad de oportunidades.


Por lo tanto, se convierte en una necesidad política (y moral) incorporar la cláusula de Estado Social en la Carta Fundamental de Chile4, es decir, un sistema de solidaridad nacional gestionado por los poderes públicos con participación ciudadana y en el marco del imperio de la ley, que constituyan directrices para los órganos del Estado, en orden a remover los obstáculos a la igualdad material y al desarrollo en equidad que existen en " la doctrina originalista5 de nuestra Constitución Política.


Idea propuesta por el ex Senador del Partido Radical Socialdemócrata, Enrique Silva Sima, en la discusión política legislativa de las reformas constitucionales del 20056 y que se pretende revalidar con este Proyecto de Ley.



2. Sobre la República Social y Democrática de Derecho:


Dicha idea consiste en reemplazar el actual artículo 4° de la Constitución Política del República de Chile, el cual dice que "Chile es una República Democrática ", por el siguiente artículo nuevo: "Chile es una Republica Social y Democrática de Derecho".


Con esta reforma constitucional se busca cambiar de raíz la "doctrina originalista" del Estado chileno, ya que, como señalan Cristo y Ruiz&8209;Tagle, "la interpretación originalista impide lograr progresos en materia de derechos fundamentales, particularmente en materias económico sociales". Incorporar la cláusula Social como norma Constitucional significa producir una cirugía de cuerpo y alma a la Constitución republicana. Significa que se cambia la forma de concebir los principios, deberes y acciones del Estado. Se abrogan las ideas neoliberales de la Constitución, para darle una mayor relevancia al principio y al derecho de igualdad. "Se trata, por tanto, de favorecer un nivel de igualdad, limitando las diferencias que la libertad, por sí sola, puede generar.”7


La idea del Estado social fue constitucionalizada por primera vez en 1949 por la Ley Fundamental (Constitución) de la República Federal de Alemania, al definir a ésta en su art. 20 como un Estado federal, democrático y social, y en su art. 28 como un Estado democrático y social de Derecho. Por su parte, la Constitución española de 1978 establece en su art. 1.1 que España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho. Además, en Latinoamérica, países como Venezuela, Colombia, Costa Rica, Perú y Uruguay, entre otros, han tomado la cláusula de Estado Social en su Carta Fundamental.


Este proceso de constitucionalización de lo social da muestra que las palabras de Lorenz von Stein, precursor de la idea del Estado Social8 , que ha terminado la época de las revoluciones y de las reformas políticas para comenzar la de las revoluciones y reformas sociales, están más vivas que nunca. Los grandes problemas de hoy no son estrictamente políticos9, sino que son sociales. O sea, el problema de hoy no es como transitar del autoritarismo a la democracia, sino que como solucionamos los problemas sociales de nuestra sociedad. Como diría el propio Von Stein, corregir las disfunciones sociales de una sociedad industrial competitiva no es tan sólo una exigencia política sino, también, una necesidad histórica si se quiere evitar la revolución social.


Ahora bien, como señala Saborío Valverde, el Estado Chileno, según su Constitución Política, está al servicio de estas organizaciones que el hombre integra, reconoce la libertad tanto del hombre, como la de estas organizaciones intermedias, asi que, en principio, debe dejarlas actuar, debe respetar esta libertad. El Estado reconoce y ampara la libertad del individuo y de los cuerpos intermedios, y les otorga la autonomía suficiente para cumplir con sus fines específicos, debiendo éste asumir sólo las actividades que por su naturaleza no pueden o no deben ser asumidas por los individuos o las organizaciones a través del principio de subsidiariedad. El cual no está consagrado...

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