ReFoods SpA
Número de registro | CVE-1870183 |
Fecha de publicación | 24 Diciembre 2020 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.838 |
CVE 1870183 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.838 | Jueves 24 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1870183
EXTRACTO
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de
Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 14 de
diciembre de 2020, ante mí, repertorio N° 20657 / 2020, José Pablo Donoso Rodríguez, Deportes
e Inversiones Tomás González Limitada, Rebel Factory SpA, Asesorías E Inversiones Terroir
Limitada y Eclipse SpA, vienen en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los
siguientes estatutos: 1. Nombre: ReFoods SpA. 2. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) la
producción, compra, venta, comercialización al por mayor y por menor, o cualquier otra forma
de explotación comercial y/o industrial, exportación e importación, y la distribución, de todo tipo
de alimentos y productos alimenticios, por sí o través de terceros; (b) la invención, creación,
producción y comercialización de alimentos cárnicos, vegetales u otros; (c) el transporte,
almacenamiento, bodegaje, despacho, embalaje y packing, por cuenta propia o ajena, de todo
tipo de alimentos; y, (d) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al
cumplimiento del giro social señalado todo los que los accionistas decidan relacionado con el
objeto. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $56.000.000, dividido en 1.000
acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor
nominal, de las cuales, 900 acciones, equivalentes a la suma de $50.400.000 se suscriben y pagan
íntegramente por los accionistas constituyentes, en la fecha de la escritura extractada; y 100
acciones, equivalentes a la suma de $5.600.000, deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo
máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Santiago, 21 de diciembre
de 2020.
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