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Decreto con Fuerza de Ley núm. 1729, publicado el 24 de Noviembre de 1976. DISPONE REEMPLAZO TOTAL DE CEDULAS DE IDENTIDAD ACTUALMENTE VIGENTES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

DFL 1729

MINISTERIO DE JUSTICIA.

(Publicado en el "Diario Oficial" N° 29.617, de 24 de noviembre de 1976)

DISPONE REEMPLAZO TOTAL DE CEDULAS DE IDENTIDAD ACTUALMENTE VIGENTES

Santiago, 14 de Octubre de 1976.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.729.- Considerando:

  1. - El decidido propósito del Supremo Gobierno de lograr una óptima prestación de servicios a la comunidad, que asegure su calidad y oportunidad, sin trámites innecesarios;

  2. - Que el artículo 10°, del decreto ley N° 1.268, de 1976, facultó al Presidente de la República para que, previo informe del Director General del Servicio de Registro Civil e Identificación y dentro del plazo de un año contado desde la publicación de ese decreto ley, disponga el reemplazo total de las cédulas de Identidad vigentes por otras nuevas, fijándose al efecto el período dentro del cual debe cumplirse dicho reemplazo;

  3. - Que en la reorganización y racionalización de las labores realizadas en el Gabinete Central de Identificación, dependiente de la Dirección del Servicio de Registro Civil e Identificación, dispuesta por la Comisión Reorganizadora del Servicio en referencia, creada por decreto supremo N° 1.524, de 2 de Diciembre de 1974, y presidida por el Sr. Subsecretario de Justicia, se ha podido comprobar que los archivos de antecedentes civiles, dactiloscópicos y otros, atinentes a la identidad de las personas, se encuentran en estado inadecuado para su uso por el deterioro natural que han experimentado con el transcurso del tiempo, lo que hace imperativa su renovación, incompletos por pérdidas de tarjetas de filiación y fichas dactiloscópicas de personas vivas, abultados por la no eliminación de fallecidos y alterados por sustracción de documentos o inclusión de otros falsificados con fines dolosos, todo lo cual hace aconsejable la adopción de medidas tendientes a sanear radicalmente la situación producida en los referidos archivos;

  4. - Que de lo dicho fluye la conclusión de que es forzoso proceder al reemplazo total de las cédulas de identidad por otras nuevas cuyo color, formato y menciones serán determinados en su oportunidad, y, asimismo, que es ineludible proceder a la renovación de los archivos de tarjetas con datos civiles, de fichas dactiloscópicas y de fotografías pertinentes a la identidad de las personas;

  5. - Que la referida Comisión Reorganizadora del Servicio de Registro Civil e Identificación, teniendo en cuenta...

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