Reemplaza el artículo 16 de la ley N° 19.300, sobre bases generales del medio ambiente, en lo referido a las decisiones de las comisiones regionales de medio ambiente. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502841

Reemplaza el artículo 16 de la ley N° 19.300, sobre bases generales del medio ambiente, en lo referido a las decisiones de las comisiones regionales de medio ambiente.

Fecha14 Mayo 2008
Fecha de registro14 Mayo 2008
Número de Iniciativa5875-12
EtapaArchivado
MateriaCOMISIONES REGIONALES DEL MEDIO AMBIENTE, MEDIO AMBIENTE, TOMA DE DECISIONES
Autor de la iniciativaAccorsi Opazo, Enrique, Ascencio Mansilla, Gabriel, Enríquez-Ominami Gumucio, Marco, Escobar Rufatt, Alvaro, Girardi Briere, Guido, Goic Boroevic, Carolina, Lobos Krause, Juan, Meza Moncada, Fernando, Palma Flores, Osvaldo
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley

Reemplaza el articulo 16 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en lo referido a las decisiones de las comisiones regionales de medio Ambiente

Boletín N° 5875&8209;12


Desde un comienzo el régimen institucional ambiental ha demostrado un alto grado de politización y un bajo perfil técnico&8209;ambiental, como consta en sucesivas e innumerables decisiones la contradicción entre la variable técnica y la política; es así como muchos de los mega proyectos industriales sometidos al SETA a pesar y no obstante haber contado con los informes y recomendaciones técnicas negativas, incluyendo el informe final del Comité Técnico, fueron finalmente aprobado políticamente por los funcionarios públicos que integraban las correspondientes Comisiones Regionales del Medio Ambiente (COREMAS).


Es así como en condiciones de irregularidad y contrariedad entre los aspectos técnicos y políticos se han aprobado, entre otros, los siguientes proyectos:


1.&8209; Proyecto Trillium

2.&8209; Proyecto Ralco (negociación del EIA)

3.&8209; Proyecto Celulosa Valdívia

4.&8209; Proyecto Central Renca (negociación del EIA)

5.&8209; Proyecto Celulosa ¡tata: rechazado por COREMA y aprobado por CONAMA

6.&8209; Proyecto Explotación de Pozos Parque Lauca del MOP.

7.&8209; Proyecto Uso de Pet Coke en Central Termoeléctrica Guacalda.

8.&8209; Proyecto Uso de Pet Coke en Central Termoeléctrica Eiectroandina.

9.&8209; Proyecto Uso de Pet Coke en Central Termoeléctrica Edelnor.

10.&8209; Proyecto Uso de Pet Coke en Central Termoeléctrica Norgener.

11.&8209; Proyecto Uso de Pet Coke en los Hornos de la Planta Industrial La Calera de Empresas Melón: rechazado por COREMA y aprobado por CONAMA.

12.&8209; Proyecto Relleno Sanitario Santa Marta. Rechazado en 2 oportunidades y aprobado en la 3 presentación.

13.&8209; Proyecto Forestal Cascada Chile.




En muchos aspectos desde el punto de vista de la evaluación de proyectos el sistema anterior a la Ley 19.300 era mucho más garantista y más pro ambiental que el en actual aplicación; mientras hoy se ha instituido el llamado sistema de "ventanilla única" por el cual normalmente pasan aprobados todos los proyectos, antes estos mismos proyectos tenían el control individual y por separado de todos y cada uno de los servicios públicos sectoriales, bastando que uno de ellos fuera objetado sectorialmente para que éste no pudiera llevarse a cabo o debiera cumplir con los requerimientos técnicos exigidos. Hoy, lamentablemente, ese mismo servicio no tiene posibilidad legal de imponer sus reparos técnicos por cuanto éstos han quedado supeditados a la decisión política de la COREMA que se impone al resto de los servicios y órganos que han debido intervenir en el proceso de calificación ambiental.


Desde el punto de vista funcional, el SETA ha sido desastroso, sin uniformidad de criterios ni de procedimientos, sin que se cumplan los plazos y con resoluciones abrumadoramente aprobatorias...

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