Reconsideracion a Informe Final 713-15 Municipalidad de Iquique sobre Auditoria a las Contrataciones de Honorarios en Programas Comunitarios- Mayo 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 682386189

Reconsideracion a Informe Final 713-15 Municipalidad de Iquique sobre Auditoria a las Contrataciones de Honorarios en Programas Comunitarios- Mayo 2016

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016
EmisorRegional Tarapacá
ServicioMunicipalidad de Iquique
Número de informe713/2015
Tipo de informeReconsideración a Informe
NivelRegional
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL TARAPACÁ
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
REF. N°
15.704 y 16.541/2015
RECONSIDERACIÓN A INFORME FINAL
N° 713, DE 2015, SOBRE AUDITORÍA A LAS
CONTRATACIONES DE HONORARIOS CON
CARGO A LA CUENTA PRESUPUESTARIA
21.04.004 EN LA MUNICIPALIDAD DE
(QUEQUE.
IQUIQUE,
17
MAY 2016
2289
Se ha recibido en esta Contraloría Regional
una presentación del Alcalde de la Municipalidad de Iquique, solicitando la
reconsideración de las observaciones mantenidas en el Informe Final N° 713, de 2015,
y que dicen relación con la auditoriía a las contrataciones a honorarios con cargo a la
cuenta presupuestaria 21.04.004 "Prestaciones de Servicios en Programas
Comunitarios", cuyos gastos fueron efectivamente devengados y pagados durante el
periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2014. Lo anterior, porque
dicha entidad edilicia no dio respuesta al preinforme en los plazos legales establecidos
para tales efectos.
Sobre el particular, previamente es necesario
señalar que los antecedentes aportados, en esta oportunidad por la Municipalidad de
Iquique a través de los oficios N°
5
888 y 1006, de 16 de octubre y 23 de noviembre,
ambos de 2015, para dar respuesta a las objeciones representadas en el títulol"Control
interno", respecto de los numerales: 1) Conciliaciones bancarias sin firma de jefe de
Administración y Finanzas; 4) Autorización y ejecución de transacciones; 5) Manejo y
disponibilidad de información; 6) Documentación de las transacciones, en específico las
letras b), c) y d); así como también, el acápite 1.5) Incumplimiento de convenio, del título
II Examen de la Materia Auditada, cabe señalar, que dada la naturaleza de los hechos
objetados, y considerando que necesariamente deben ser validados en futuros
procesos, los antecedentes serán considerados en la etapa de seguimiento que este
Organismo de Control realice en su oportunidad sobre dichas observaciones, por lo cual
se mantendrán hasta que se practique la citada fiscalización.
Precisado lo anterior, y respecto del título 111
"Examen de Cuentas" de aquel informe final, la autoridad municipal en dichos oficios
entregó nuevos antecedentes que a su juicio permitirían dar respuesta a los hallazgos
allí representados. De su análisis, conservando la misma numeración original, se pu .o
determinar lo siguiente:
wAR AL SEÑOR
o ALCALDE DE LA
cote
MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE
L
(-) EXC R
PRESENTE
4RAPN'-'

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