Decreto 130 - MODIFICA RECINTO PORTUARIO DEL PUERTO DE SAN ANTONIO, FIJA SUS NUEVOS LÍMITES Y DEROGA LOS DECRETOS SUPREMOS N°s 39/1998, 82/2001 Y 126/2005 - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 235320634

Decreto 130 - MODIFICA RECINTO PORTUARIO DEL PUERTO DE SAN ANTONIO, FIJA SUS NUEVOS LÍMITES Y DEROGA LOS DECRETOS SUPREMOS N°s 39/1998, 82/2001 Y 126/2005

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA RECINTO PORTUARIO DEL PUERTO DE SAN ANTONIO, FIJA SUS NUEVOS LÍMITES Y DEROGA LOS DECRETOS SUPREMOS N°s 39/1998, 82/2001 Y 126/2005

Núm. 130.- Santiago, 1 de junio de 2010.- Visto: Lo establecido en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política del Estado; lo dispuesto en el inciso primero del artículo 1lº de la ley Nº 19.542; los decretos supremos Nºs 39 de 1998, 82 de 2001 y 126 de 2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las inscripciones de fojas 691 Nº 713 del año 1980, fojas 1.701 Nº 1.917 del año 1982, fojas 2.089 Nº 1.783 del año 1997, fojas 2.087 Nº 1.781 del año 1997, fojas 7.097 Nº 3.351 del año 2004, fojas 5.245 vuelta Nº 3.773 del año 2007 y fojas 2.088 Nº 1.782 del año 1997, todas ellas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio; el acuerdo 002.254.ORD.11.06.09 del Directorio de la Empresa Portuaria San Antonio, reducido a escritura pública en la Notaría Pública de San Antonio de don Francisco Javier Fuenzalida Rodríguez bajo el Repertorio Nº 1.263 con fecha 24 de junio de 2009, publicado mediante inserción efectuada en el diario El Mostrador con fecha 26 de junio de 2009; el certificado, emitido por la Sra. Secretaria del Directorio de la Empresa Portuaria San Antonio, donde consta el acuerdo 004.254.ORD.11.06.09 del Directorio de la Empresa Portuaria San Antonio; el certificado, emitido por la Sra. Secretaria del Directorio de la Empresa Portuaria San Antonio, donde consta el acuerdo 002.273.ORD.25.03.2010 del Directorio de la Empresa Portuaria San Antonio; el Ord. Nº 250, de fecha 18 de junio de 2009, del Director Ejecutivo (S) del Comité Sistema de Empresas (SEP); las cartas Nºs 0010, de fecha 12 de enero de 2009, 0279, de fecha 16 de octubre de 2009, 0282, de fecha 20 de octubre de 2009, 0297, de fecha 27 de octubre de 2009, y 0091, de fecha 26 de marzo de 2010, todas de la Empresa Portuaria San Antonio; los Ord. Nº 54, de fecha 5 de febrero de 2009, y 165 de fecha 4 de mayo de 2010, ambos del Director de Empresas Portuarias del SEP y la demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. - La conveniencia de incluir en el régimen jurídico propio de un recinto portuario los inmuebles denominados "Bodega Ex Camanchaca" y "Sector Cantera", por cuanto resultan necesarios para la operación portuaria, están destinados o pueden destinarse a la movilización de cargas, integran áreas que serán...

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