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Ley núm. 13289, publicada el 07 de Febrero de 1959. RECARGA LOS IMPUESTOS QUE SEÑALA QUE SE PAGUEN DENTRO DE LA COMUNA DE PUERTO VARAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyLey

Ley núm. 13,289

RECARGA LOS IMPUESTOS QUE SEÑALA QUE SE PAGUEN DENTRO DE LA COMUNA DE PUERTO VARAS

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1.o Los impuestos que se paguen dentro de la comuna de Puerto Varas, exceptuando el impuesto de la compraventa y aquellos que deban pagarse en forma de estampillas o papel sellado, salvo los de las notarías, se pagarán recargados en un 10% sobre su monto.

Estas disposiciones se aplicarán por el plazo de diez años contados desde la fecha de la promulgación de la presente ley.

Artículo 2

o Las cantidades a que se refiere el artículo anterior se contabilizarán en una cuenta especial de depósitos de terceros en la Tesorería Comunal de Puerto Varas, la que a su vez las depositará en una cuenta que se abrirá en la Oficina de Puerto Varas del Banco del Estado de Chile, que se denominará "Fondo Primer Centenario de Puerto Varas.".

Artículo 3

o Sobre esta cuenta podrá girar exclusivamente la Municipalidad de Puerto Varas por acuerdo de los dos tercios de sus regidores en ejercicio, para pagar los aportes y ejecutar las siguientes obras hasta por los porcentajes que se indican:

  1. Construcción del Mercado Municipal donde

    también deberán ubicarse las oficinas

    municipales 50%

  2. Aporte al Cuerpo de Bomberos de Estación

    Llanquihue para la construcción de su

    Cuartel y adquisición de material contra

    incendios 3,33%

  3. Para campos deportivos en los lugares de

    Nueva Braunau, Loncotoro, Coligual,

    Colonia, Río Sur, Colonia La Poza,

    Ensenada, Santa María, Línea Errázuriz y

    Totoral 5%

  4. Aporte a la Defensa Civil de Puerto Varas

    para la construcción de su cuartel 1%

  5. Para la construcción del edificio destinado

    a Asilo de Huérfanos y Hogar de Ancianos 3,33%

  6. Para pavimentación de veredas en los barrios

    populares de la comuna 7,67%

  7. Aporte al Hospital San José de Puerto Varas,

    para adquisición de material clínico y

    mejoramiento de la atención a enfermos

    indigentes 3,33%

  8. Aporte al Cuerpo de Bomberos de Puerto Varas

    para adquirir material contra incendio o

    terminar la construcción de su Cuartel 1%

  9. Para la habilitación de los Estadios de

    Puerto Varas y Estación Llanquihue...

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