Reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914514147

Reajusta monto del ingreso mínimo mensual, reajusta la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar.

Fecha16 Junio 2009
Fecha de registro16 Junio 2009
Número de Iniciativa6568-05
EtapaTramitación terminada Ley Nº 20.359 (Diario Oficial del 27/06/2009)
MateriaSALARIO MÍNIMO
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley
MENSAJE aporte al FEPC






MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE REAJUSTA MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, REAJUSTA LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y EL SUBSIDIO FAMILIAR.

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SANTIAGO, 16 de junio 2009.







M E N S A J E Nº 597-357/







Honorable Cámara de Diputados:



A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CAMARA DE

DIPUTADOS.

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto reajustar el monto del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar a contar del 1 de julio de 2009. I.CONSIDERACIONES PARA LA FIJACIÓN DEL INGRESO MÍNIMO EN EL AÑO 2009.
  1. Contexto económico mundial.

Nuestro país, al igual que el resto de las naciones, se ha visto enfrentado a la peor crisis económica mundial de las últimas décadas. Por primera vez, en más de 50 años, el Producto Interno Bruto del mundo caerá, es decir, durante el año 2009 se producirá menos que lo que produjo el año anterior.

Esta caída en la actividad económica también se ha extendido a Chile, es así como mientras el año 2008 el país creció a un 3,2%, la última proyección del Banco Central estima un crecimiento entre 0,75% y -0,25% para el presente año.

Adicionalmente, se ha observado una caída muy acelerada de la inflación en las principales economías del mundo. Dicha caída también se ha registrado en nuestro país. En efecto, mientras el año 2008 la inflación fue de 7,1%, la última proyección del Banco Central para este año es de sólo 0,6%.

Si tomamos la inflación acumulada en los últimos 11 meses, esta alcanza un 1,5%, en tanto, la proyección para la inflación de junio es de 0,1%. En suma, la inflación acumulada desde el último reajuste del salario mínimo es de 1,6%.

Dicho 1,6% de inflación es también coincidente con la inflación futura, de manera tal que independiente de la inflación que consideremos para efectos de la determinación del incremento del ingreso mínimo, estamos anclados al 1,6%.

Tomando en consideración los datos del contexto económico no queda más que actuar con prudencia y cautela a la hora de fijar el incremento del ingreso mínimo mensual, velando porque los trabajadores perceptores del ingreso mínimo no vean mermado su poder adquisitivo pero resguardando que dicha alza no genere una presión en el mercado del trabajo que desemboque en un mayor desempleo.

Es importante aprender de las experiencias pasadas, es por eso que ante una situación de crisis internacional, el incremento del ingreso mínimo mensual debe ser moderado a fin de evitar efectos no deseados en materia de empleo.

  1. Recomendaciones de la OIT.

La propuesta de reajuste del ingreso mínimo mensual realizada por el Ejecutivo se enmarca dentro de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.

Dicha entidad ha formulado una serie de recomendaciones a los países América Latina y el Caribe para enfrentar la crisis financiera internacional, entre ellas merece especial mención lo señalado en materia de reglas que han de seguir los países de la región en materia de fijación del ingreso mínimo.

En efecto, plantean que es necesario “Moderar los incrementos salariales, procurando mantener el poder adquisitivo. En los últimos años la mayor parte de los países ha revalorizado el salario mínimo. En este período de crisis sería recomendable moderar esos incrementos, protegiendo el poder adquisitivo de los salarios y consolidando la recuperación alcanzada. Al mismo tiempo, se recomienda aumentar la fiscalización del cumplimiento con el salario mínimo.

En este período de incertidumbre sería recomendable moderar la tendencia de sostenida revalorización y procurar mantener su poder adquisitivo. De esta forma, se estaría consolidando la recuperación del salario mínimo alcanzada en estos años, al tiempo que se limitarían las presiones sobre la capacidad de pago de las empresas. En varios países se espera una caída en la tasa de inflación como resultado de la caída en el precio en los commodities y por la reducción en la demanda. De concretarse esta tendencia, esto beneficiaría a los salarios reales. Durante este período, además, habrá que monitorear con particular atención los indicadores de cumplimiento del salario mínimo, dado que éste puede cumplir un papel fundamental durante la crisis, preservando el poder adquisitivo de los salarios más bajos.”.

II.Un ingreso mínimo razonable que proteja el empleo.

En un escenario económico caracterizado por una baja inflación (1,6%); una tasa de desempleo que se eleva al 9,8%, y con proyecciones de caída de la actividad económica; el ingreso mínimo mensual no puede crecer según las aspiraciones de la CUT, que solicitó un incremento nominal del 13,2%.

Sin duda transitar hacia dicha aspiración podría provocar efectos no deseados en materia de empleo, particularmente en las Pymes.

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