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Decreto núm. 1136, publicado el 24 de Agosto de 1976. REAJUSTA EL MONTO DE LOS IMPUESTOS EN ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

REAJUSTA EL MONTO DE LOS IMPUESTOS EN ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION

Santiago, 24 de Junio de 1976.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.136.- Teniendo presente:

  1. Que en el Nº 7 del decreto supremo de Hacienda Nº 1.282, de 17 de Octubre de 1975, publicado en el Diario Oficial de 29 de Noviembre de dicho año, se establece que los impuestos que gravan las diferentes actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación señaladas en el Nº 1 del referido cuerpo legal, y los valores adicionales mencionados en los Nºs. 3, 4 y 5 del mismo, que no están fijados en porcentajes, podrán reajustarse semestralmente, conforme al mecanismo establecido en el precepto legal citado;

  2. Que de conformidad a la información oficial del Instituto Nacional de Estadísticas, el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1º de Noviembre de 1975 y 30 de Abril de 1976, experimentó una variación de un 79%;

  3. Que de acuerdo a lo establecido en los considerandos anteriores, el Supremo Gobierno está facultado para reajustar prudencialmente el valor del impuesto de cada una de las actuaciones gravadas del referido servicio, dentro de la limitación porcentual antes indicada, y

Visto lo dispuesto en el Nº 8 del decreto Nº 1.282, señalado precedentemente,

Decreto:

  1. - Reajústase el monto de los impuestos de las actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación, enumeradas en el Nº 1, letra a), del decreto supremo Nº 1.282, de 1975, del Ministerio de Hacienda, fijándose su nuevo valor en las cantidades que se indican a continuación:

    _______________________________________________________

    Nº Actuaciones gravadas Valor$

    _______________________________________________________

    1.1. Anotación de inscripción de nacimiento

    y defunciones en libretas de familia

    duplicadas 6,-

    1.2. Capitulaciones matrimoniales en el

    acto de matrimonio 60,-

    1.3. Cédulas de identidad para chilenos 3,-

    1.4. Cédulas de identidad para extranjeros 10,-

    1.5. Certificado de jurisdicción 20,-

    1.6. Certificado de primera filiación 12,-

    1.7. Certificado de nacimiento con o sin

    subinscripción 7,-

    1.8. Certificado de matrimonio sin

    subinscripción 7,-

    1.9. Certificado de matrimonio con

    subinscripción de nulidad, separación

    de bienes, capitulaciones...

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