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Resolucion núm. 70 EXENTA, el 06 de Mayo de 2009. REAJUSTA HONORARIOS PERICIALES EN LOS MONTOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Rango de LeyResolución

REAJUSTA HONORARIOS PERICIALES EN LOS MONTOS QUE INDICA

Núm. 70 exenta.- Santiago, 31 de marzo de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el D.F.L. Nº1 de 13 de diciembre de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº18.575 de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº20.254, Orgánica del Instituto Nacional de Propiedad Industrial; Ley de Propiedad Industrial Nº19.039; decreto supremo Nº236, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de la ley Nº19.039; el DFL Nº2, del 28 de noviembre de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija la Planta de Personal del Instituto Nacional de Propiedad Industrial; resolución afecta Nº100, de 6 de febrero de 2009, del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, y la resolución Nº1.600 de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de la ley Nº19.039, el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial está facultado para fijar periódicamente, mediante resolución, el arancel pericial aplicable a las solicitudes de patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, y esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados.

  2. Que, el valor de los honorarios periciales para el estudio de solicitudes de patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, y esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, se fijó y reguló por última vez por medio de resolución Nº12 del Jefe del Departamento de Propiedad Industrial, de fecha 22 de julio de 2008.

  3. Que dado lo expresado en la resolución Nº12, de fecha 22 de julio de 2008, específicamente el Resuelvo Sexto, se hace necesario reajustar el valor de los honorarios de peritos de acuerdo a la variación en el Índice de Precios al Consumidor.

  4. Que estando dentro de las atribuciones que me confiere la ley,

Resuelvo:

Primero. Establécese como fecha de inicio de reajuste de honorarios de los peritos del Instituto Nacional de Propiedad Industrial el 1 de abril 2009, de acuerdo a la variación en el Índice de Precios al Consumidor, experimentada entre julio 2008 -índice que se comunica en el mes de agosto inmediatamente siguiente- y febrero 2009, que se comunica en el mes de marzo inmediatamente siguiente por...

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