Decisión nº C3870-17, de Consejo de Transparencia de 15 de Mayo de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 738399517

Decisión nº C3870-17, de Consejo de Transparencia de 15 de Mayo de 2018

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2018
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C3870-17

Entidad pública: Subsecretaría de Salud Pública

Requirente: Ramiro de Elejalde

Ingreso Consejo: 03.11.2017

RESUMEN

Por decisión unánime del Consejo Directivo, se acoge el presente amparo, referido a las variables sobre tipo de parto y establecimiento del parto, en las bases de datos de nacimientos del Departamento de Estadísticas e Información de Salud (DEIS), respecto de las cuales el órgano alegó que éstas no se encontrarían disponibles. Se ordena la entrega por corresponder a variables que debieran obrar en poder del órgano, en virtud de las competencias y funciones que la ley otorga a este Ministerio, como asimismo, atendida la naturaleza de la información pedida, el evidente interés público que reviste, cuya publicidad, a juicio de este Consejo, constituye un elemento esencial para el control social y para la elaboración de políticas públicas a nivel país en esta materia.

En sesión ordinaria N° 892 del Consejo Directivo, celebrada el 15 de mayo de 2018, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3870-17.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de septiembre de 2017, don Ramiro de Elejalde solicitó a la Subsecretaría de Salud Pública las siguientes variables referidas a la base de datos de nacimiento del DEIS (Departamento de Estadísticas e Información de Salud), período 1996-2015:

a) "Tipo de parto (vaginal o cesárea) en la base de nacimientos de DEIS para el período 1996-2015; y,

b) Nombre de establecimiento para el período 1996-2010 y 2014-2015. Lo anterior, dado que esta información se encuentra disponible para otros años (2011-2013), por lo que entiende que debería estar disponible para el resto del período".

El solicitante indica que realiza un proyecto de investigación sobre el efecto de la modalidad libre elección de Fonasa en la tasa de cesáreas en Chile. Para lo anterior, utiliza la base de datos de nacimientos del DEIS para el período 1996-2015. Sin embargo, no se encontraría en dichas bases de datos públicas las variables requeridas.

2) RESPUESTA: Mediante ORD. A/102 N° 4134, de 26 de octubre de 2017, el órgano informó que las variables solicitadas no se encuentran disponibles en las bases de datos para los años requeridos.

3) AMPARO: El 3 de noviembre de 2017, don Ramiro de Elejalde dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la denegación de la información solicitada.

El reclamante indica que si bien las variables requeridas no se encuentran en las bases publicadas en internet por el DEIS, dicho Departamento debe contar con dicha información, ya que ésta se encuentra reportada en el Comprobante de Atención de Parto con Nacido Vivo (CAPNV) y aparece en las bases públicas de 2011, 2012 y 2013.

En particular, según la Norma Técnica General 160, desde 1982 las estadísticas de nacimientos se obtienen del DEIS o se obtienen del Comprobante de Atención de Parto con Nacido Vivo (CAPNV). El CAPNV es un documento emitido por el establecimiento de salud donde se realiza el parto y está firmado por el profesional responsable. Uno de los campos del CAPNV reporta el establecimiento donde se realiza el parto. Además, las bases de...

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