Decisión nº C3168-17, de Consejo de Transparencia de 26 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2017 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Transporte |
DECISIÓN AMPARO ROL C3168-17
Entidad pública: Subsecretaría de Transportes
Requirente: Raimundo Rau Binder
Ingreso Consejo: 06.09.2017.
En sesión ordinaria N° 834 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de septiembre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3168-17.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
Que, mediante presentación de fecha 07 de septiembre de 2017, don Raimundo Rau Binder, señaló que se desistía del presente amparo.
Y CONSIDERANDO:
1) Que, de la presentación realizada por don Raimundo Rau Binder ante este Consejo, no cabe sino concluir que ha manifestado su intención de no perseverar en el amparo interpuesto.
2) Que, la señalada conducta implica un desistimiento expreso del procedimiento iniciado, lo que no está prohibido por el ordenamiento jurídico.
3) Que, atendido tal desistimiento, debe tenerse por concluido el procedimiento en el amparo Rol C3168-17.
EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE ATRIBUYEN LOS ARTÍCULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33, LETRA B) DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:
I) Aprobar el desistimiento de don Raimundo Rau Binder en el amparo Rol C3168-17, deducido en contra de la Subsecretaría de Transporte.
II) Encomendar al Director General y al Director Jurídico (S) de este Consejo, indistintamente, notificar el presente acuerdo a don...
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