RADIODIFUSIÓN SpA 96.810.030-0 - 25 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 855989728

RADIODIFUSIÓN SpA 96.810.030-0

Número de registroCVE-1884993
Fecha de publicación25 Enero 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.863
CVE 1884993 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.863 | Lunes 25 de Enero de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1884993
EXTRACTO
JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, abogado, Notario Suplente del Titular de la
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN
URREJOLA, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por
escritura pública de fecha 18 de enero de 2021 , ante mí, se redujo a escritura pública el acta de
la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad RADIODIFUSIÓN SpA, celebrada el 29 de
diciembre de 2020, que acordó las siguientes modificaciones a sus estatutos 1) Se modificó la
razón social de la Sociedad, a “RDF Media SpA”. En virtud de dicha modificación, se acordó
reemplazar el artículo Primero de los estatutos de la Sociedad, relativo a la razón social, por el
siguiente: “Artículo Primero: El nombre o razón social de la sociedad por acciones es RDF
Media SpA, en adelante la “Sociedad”, pudiendo usar como nombre de fantasía para todos los
fines legales, comerciales y de publicidad, incluso ante los bancos y entidades privadas y
fiscales, el de “RDF Media”; y, 2) Se amplió y actualizó el objeto social de la Sociedad,
acordando sustituir el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, relativo al objeto social, por
el siguiente: “Artículo Cuarto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ Explotar concesiones de
servicios de telecomunicaciones de libre recepción o de radiodifusión; /b/ Realizar asesorías,
servicios de operación de equipos, de programación, de producción y venta de programas,
contenidos y productos radiales, digitales de audio y video, y en general todo tipo de servicios en
el ámbito de la radiodifusión y telecomunicaciones en general; /c/ La compra, venta, cesión,
permuta, distribución y/o comercialización de derechos de exhibición respecto de historias y
guiones, video, obras audiovisuales, obras literarias, impresos, fotografías, imágenes o sistemas
audiovisuales, de música, de sonido o de la media computacional, de las comunicaciones,
producciones de radio, televisión, video, teatro, programas y, en general, de toda obra intelectual
o física susceptible de ser representada en vivo o por algún medio audiovisual, radial, digital,
ideográfico o escrito, para su difusión por cuenta propia o ajena, a través de cualquier medio,
incluyendo plataformas vía medios digitales, en el territorio nacional o en el extranjero; /d/ La
realización de actividades de producción, difusión y comercialización de toda clase de
espectáculos artísticos o deportivos, incluida la representación artística, conferencias, entrevistas
o eventos culturales, por cuenta propia o ajena, en recintos públicos o privados, abiertos o
cerrados, cines, salas de espectáculos, auditorios u otros; /e/ El ejercicio del comercio en
cualquiera de sus formas, en toda el área audiovisual, computacional, de las comunicaciones y la
publicidad y demás que se relacionen directa e indirectamente con el objeto social; /f/ Para la
realización de lo anterior, la Sociedad podrá celebrar todo tipo de actos y contratos conducentes a
tal fin, sea con instituciones públicas o privadas o de cualquier naturaleza, tomar y dar en
arrendamiento toda clase de bienes”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-
Santiago, 20 de enero de 2021.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR