Decreto 668 - MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE RANCAGUA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241204386

Decreto 668 - MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE RANCAGUA

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE RANCAGUA

Santiago, 10 de noviembre de 2006.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 668.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;

  4. El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. La resolución exenta Nº 479, de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117, de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;

  6. El decreto supremo Nº 77, de 19.04.1982, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 39.171, de 21.06.2006;

  8. Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 14º de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15º y 16º del mismo cuerpo legal.

    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la ciudad de Rancagua, señal distintiva XQC-39, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra f) de los Vistos, cuyos titulares son don Héctor Patricio Fuenzalida Herrera, RUT Nº 3.908.338-8 y don Patricio Robinson Pérez Pino, RUT Nº 4.633.423-K, ambos con domicilio en Independencia Nº 634, oficina 50, comuna de Rancagua, VI Región, en adelante los concesionarios, en los términos que a continuación se indican.

    2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por los concesionarios. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.

    3. Autorízase a los concesionarios para cambiar de ubicación el estudio e incorporar radioenlace estudio- planta, en los términos que a continuación se señalan:

      Estudio:

      - Dirección : Avda. Libertador B.

      O'Higgins Nº 0376,

      Rancagua, VI Región.

      - Coordenadas geográficas : 34°09'35" Latitud Sur;

      70°43'47" Longitud Oeste.

      Datum PSAD 56.

      Radioenlace Estudio-Planta:

      -...

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