Decreto 215 - MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE ARAUCO - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241729030

Decreto 215 - MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE ARAUCO

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE ARAUCO

Santiago, 30 de mayo de 2005.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 215.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;

  4. El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. La resolución exenta Nº 479 de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117 de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;

  6. El decreto supremo Nº 533 de 09.09.2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

  7. La resolución exenta Nº 405 de 12.04.2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de concesión.

    Considerando:

  8. La solicitud de modificación, Ingreso Subtel Nº 22.851 de 28.02.2005; y,

  9. Que, en virtud de lo dispuesto en el inciso 7º del artículo 14º de la ley, no resulta aplicable lo señalado en sus artículos 15º y 16º, es decir, no requiere de publicación de extracto de la solicitud.

    Decreto:

    1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Arauco, señal distintiva XQC-487, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra f) de los Vistos, cuyo titular es la sociedad Radio Comunitaria Andalicán, RUT Nº 65.089.680-7, con domicilio en Cochrane Nº532, comuna de Arauco, VIII Región, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.

    2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.

    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio, en los términos que a continuación se señalan:

      Estudio.

      - Dirección : Cochrane Nº522, Arauco, VIII Región.

      - Coordenadas

      Geográficas : 37°14'25" Latitud Sur

      : 73°18'59" Longitud Oeste

    4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del...

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