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Decreto núm. 160, publicado el 16 de Junio de 1999. MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA

Santiago, 9 de abril de 1999.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 160.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  2. La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.

  3. El número 1º artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, de la Contraloría General de la República.

  4. El artículo 1º de la ley Nº 16.436, de 1966.

  5. El decreto supremo Nº 21, de 22.01.98, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  6. La solicitud de transferencia ingreso Subtel Nº 23.062, de 14.10.98.

  7. La resolución exenta Nº 1.708, de 03.12.98, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que autorizó previamente la transferencia.

  8. La escritura pública de fecha 14.01.99, celebrada ante don Enzo Veglia Mulack, Notario Público Suplente de la comuna de Santiago, que da cuenta material de la transferencia de la concesión así como de la inserción en la misma de la resolución que dispuso la autorización previa a que se refiere el inciso tercero del artículo 21º de la ley Nº 18.168, de 1982.

  9. Que los representantes de la persona jurídica adquirente son chilenos y no se encuentran sometidos a proceso o condenados por delito que merezca pena aflictiva.

  10. Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones en memorandum Nº 182, de 31 de marzo de 1999.

    D e c r e t o:

    1. - Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora, en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQD-258, de la ciudad de Osorno, cuyo titular es la sociedad Santa Ignacia Limitada, Rut Nº 78.636.080-3, según consta en la letra e) de los vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Fast Net Comunicaciones S.A., Rut Nº 96.770.070-3, domiciliada en Las Malvas Nº 228, Dpto. 1003, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

    2. - La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.

    3. - Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones, Reglamentos, Normas Técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    4. -...

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