Decreto núm. 128, publicado el 24 de Febrero de 1989. FIJA TASAS DE DERECHOS Y ACTUACIONES DE LA LEY No. 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS, EXPLOSIVOS Y PRODUCTOS QUIMICOS Y DEL DECRETO LEY 2.306, DE 1978, SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACION DE LAS FUERZAS ARMADAS Y TARIFAS A ACTOS DE LA LEY No. 18.356 QUE ESTABLECE EL CONTROL DE LAS ARTES MARCIALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA TASAS DE DERECHOS Y ACTUACIONES DE LA LEY No. 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS, EXPLOSIVOS Y PRODUCTOS QUIMICOS Y DEL DECRETO LEY 2.306, DE 1978, SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACION DE LAS FUERZAS ARMADAS Y TARIFAS A ACTOS DE LA LEY No. 18.356 QUE ESTABLECE EL CONTROL DE LAS ARTES MARCIALES
Santiago, 14 de Diciembre de 1988.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:
Núm. 128.- Visto:
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Lo dispuesto en el No. 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile;
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Lo dispuesto en el artículo 26, incisos 1 y 2 de la Ley No. 17.798, agregado por el artículo 1° del Decreto Ley No. 2.553 de 1979, artículo 90 del DL No. 2.306 de 1978, modificado por el artículo 26 del DL No. 2.398 de 1978; artículo 7° y artículo transitorio de la Ley No. 18.356 de 1984 y su Reglamento Complementario, aprobado por DS No. 42 de 16 de Abril de 1985;
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La Resolución No. 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República;
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Lo dispuesto en los Decretos Supremos SSG. Depto.
IV/2 No. 34 de 11 de Abril de 1988 y No. 57 de 06 de Junio de 1988.
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Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional;
Decreto:
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Fíjase para regir en el Primer Semestre de 1989 las mismas Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley No. 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos y Productos Químicos que fueron establecidas por el DS SSG. Depto. IV-2 No. 57 de 06 de Junio de 1988 para regir en el Segundo Semestre de 1988.
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Fíjase para el Primer Semestre de 1989 las mismas Tasas de Derechos a las solicitudes y actuaciones relacionadas con el Decreto Ley No. 2.306 de 1978, que fueron establecidas asimismo por el DS SSG. Depto. IV/2 No. 57 de 06 de Junio de 1988.
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Fíjase para el año 1989 las mismas tarifas para los permisos y diligencias relacionadas con la Ley No. 18.356 que dispone el Control de las Artes Marciales que fueron establecidas por el DS SSG. Depto. IV/2 No. 34 de 11 de Abril de 1988.
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Las Tasas de Derechos y Tarifas indicadas precedentemente, regirán desde la publicación del...
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