Punta Blanca S.A. 77.905.340-7 - 3 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897420955

Punta Blanca S.A. 77.905.340-7

Número de registroCVE-2094667
Fecha de publicación03 Marzo 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.193
CVE 2094667 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.193 | Jueves 3 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2094667
EXTRACTO
IGNACIO ZAMORANO ORELLANA, Notario Público y Archivero Judicial Suplente de
la Titular doña Marcela María Pía Tavolari Oliveros, con oficio en calle Blanco Nº 648, certifico:
que por escritura pública fecha hoy, ante mí, Rodrigo Álvarez Acevedo, abogado, domiciliado en
Prat 827 oficina 606, comuna de Valparaíso, redujo a escritura pública Acta de la Junta
Extraordinaria de Accionistas de fecha 15 de febrero de 2022 de sociedad “Punta Blanca S.A.”,
RUT Nº 77.905.340-7, cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 810 vuelta número 957
del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2005,
celebrada en mi presencia, el día 15 de febrero de 2022, en la que se acordó modificar los
estatutos sociales en el siguiente sentido: UNO) Reemplazando el artículo DECIMO NOVENO
del texto social en el sentido que se indica: “DECIMO NOVENO: Las juntas Generales serán
ordinarias o extraordinarias y se celebrarán en la ciudad de Viña del Mar o Concón, sin perjuicio
que la unanimidad de los accionistas acuerde celebrar la junta en otro lugar, pudiendo participar
los accionistas por medios tecnológicos según prescribe el artículo ciento ocho del Reglamento
de la ley dieciocho mil cuarenta y seis. Los accionistas se reunirán en Junta General Ordinaria
una vez al año, dentro de los cuatro primeros meses. Si por disposición legal o reglamentaria se
dispusiera otra fecha para presentar la declaración anual de impuesto a la renta, la junta podrá
celebrarse dentro de los cuatro meses anteriores a la fecha que se hubiere fijado para presentar la
mencionada declaración y se someterá a su consideración las siguientes materias: a) la
información de la marcha de los negocios sociales y el balance e inventario del año terminado al
treinta y uno de diciembre anterior; el informe de los inspectores de cuentas y la distribución de
utilidades propuestas por el directorio; b) la elección o revocación del directorio, cuando
correspondan, y la designación de los inspectores de cuentas; c) fijación de las remuneraciones
que corresponda a los miembros del directorio por cualquier concepto, incluyendo sus gastos de
representación; d) todos los demás asuntos y materias que el directorio o los señores accionistas
propongan, con excepción de aquellos que de conformidad con estos estatutos deben ser
resueltos por Junta General Extraordinaria.” DOS) Modificando el artículo NOVENO del texto
social por el siguiente: “ARTÍCULO NOVENO. UNO) Los accionistas tendrán derecho
preferentemente de suscribir acciones de aumento de capital de la Sociedad o de cualesquiera
otros valores que confieran derechos futuros sobre estas acciones, en proporción a las acciones
que posean; pero deberán hacer uso de este derecho dentro del plazo de treinta días, contado
desde la recepción de la notificación que anuncia el aumento acordado, el cual deberá hacerse
por medio de carta certificada dirigida a los accionistas que tengan su domicilio inscrito en la
sociedad. Pasado ese plazo, el excedente será ofrecido al público. Las acciones liberadas
emitidas por la sociedad, serán distribuidas, entre los accionistas, a prorrata de las acciones que
posean. DOS). Para el caso en que un accionista desee transferir la totalidad o parte de sus
acciones, deberá ofrecerlas preferentemente a los restantes accionistas, en el valor libro que
registren estas según el último balance y proporcionalmente al número de acciones que posea
cada accionista. La oferta preferente deberá notificarse por carta certificada notarial al Gerente
General de la sociedad, debiendo este último comunicar a los demás accionistas mediante carta
certificada notarial al domicilio que registren en la sociedad. El plazo de oferta preferente será de
treinta días corridos contados desde la fecha de envío de la carta señalada. Una vez vendido el
plazo, sin aceptación o suscripción alguna, se tendrá por cumplido el trámite de oferta preferente
y se permitirá la oferta respectiva al público. No será necesario el procedimiento de oferta, si los
todos los accionistas autorizan en su conjunto la enajenación de acciones al público. TRES) Sin
perjuicio de lo indicado en el numeral DOS precedente, cada accionista tendrá un grupo
determinado de personas a quienes no les regirá el derecho de opción preferente indicado en el
numeral Dos anterior, pudiendo transferirles a ellos o ellas sus accionistas sin ejercer ni dar curso
a tal procedimiento. A) En el caso de la sociedad INVERSIONES BONTEMPI LIMITADA,
podrá vender, ceder o enajenar parte o la totalidad de sus acciones a don LUKA BONTEMPI DE

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR