Pueblos originarios podrían escoger sistema judicial, Suprema verá recursos y rechazan excluir asuntos penales
Ya no se llamaría Sistema jurídico indígena, sino que fue sustituido como Sistemas de justicia indígena. Así lo decidió ayer la comisión de Sistemas de justicia, órganos autónomos de control y reforma constitucional de la Convención.Este fue el primer cambio que se realizó al articulado rechazado por el pleno de la Convención Constitucional. Se introdujo, además, el artículo 24 bis, que le da la opción de escoger el sistema judicial al que quieran acudir: "Los sistemas de justicia indígenas solo conocerán conflictos entre miembros de un mismo pueblo originario. Los afectados siempre tendrán la opción de someter el asunto al Sistema Nacional de Justicia".Otra de las modificaciones que se esperaban era al artículo 26, que se refiere al recurso de revisión de los actos de la justicia indígena, que anteriormente incluía "a un tribunal de integración plurinacional que establezca la ley", y ahora le otorga la atribución derechamente al máximo tribunal."La Corte Suprema conocerá y resolverá de las impugnaciones deducidas en contra de las decisiones de la jurisdicción indígena, en sala especializada y asistida por una consejería técnica integrada por expertos en su cultura y derecho propio, en la forma que establezca la ley", dice la nueva propuesta.Asuntos penales y leySe había presentado, además, una indicación para que quedara expresamente excluida la materia penal de los Sistemas de justicia indígena, que finalmente fue rechazado en una votación muy estrecha, de 10 votos contra 9. Este precisaba que la justicia indígena "solo conocerá de aquellas materias que la ley establezca expresamente. En ningún caso podrán conocer de asuntos penales"."Si bien se rechazó fijar en la Constitución las materias que van a poder conocer estos sistemas de justicia, excluyendo de forma expresa las materias penales, en cualquier evento los asuntos sobre los cuales la ley va a darles competencia se limitarán a conflictos entre miembros de una misma comunidad, y no se extenderán a causas entre indígenas y no indígenas, o que pertenezcan a distintos pueblos originarios", aseguró el convencional Mauricio Daza (Independientes por una Nueva Constitución).En tanto, el constituyente Andrés Cruz, del Colectivo Socialista, subrayó que "al consagrarse el principio de pluralismo jurídico se dejó establecido que la coordinación y los conflictos de competencia serían entregados a la ley para su regulación, en la que se deberá también resolver cuáles serán las materias que serán...
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