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Decreto núm. 663, publicado el 17 de Enero de 2005. MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL A LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL A LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.

Santiago, 12 de noviembre de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 663.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  2. La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.

  3. La resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. Los decretos supremos Nº 657 y Nº 658, ambos de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgan las concesiones.

  5. La resolución exenta Nº 308, de 2000, modificada por la resolución exenta Nº 81, de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz y 1.965 - 1.975 MHz al servicio público de telefonía móvil.

  6. La resolución exenta Nº 1.405 de 25.10.2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº 45.219 de 24.06.2004, complementado con Ingreso Subtel Nº 56.109 de 13.08.2004.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    D e c r e t o:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil, otorgada a la empresa Telefónica Móvil de Chile S.A., RUT Nº 96.786.140-5, con domicilio en calle Miraflores Nº 130, piso 14, comuna de Santiago, Región Metropolitana, concesionaria de servicio público de telefonía móvil en las bandas de frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz y 1.965 - 1.975 MHz, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Instalar, operar y explotar veinticinco nuevos radioenlaces, en las regiones IX, X, XI y XII.

      Asignación de Frecuencias

      Estación A Estación B

      Estación Frecuencia Tx

      de A -› B Estación Frecuencia Tx

      de B -› A

      Caburga 17.779,00 MHz Pucón (

      Cº Candelaria) 18.789,00 MHz

      Cajón 18.789,00 MHz Lautaro 17.779,00 MHz

      Labranza 18.745,00 MHz Cerro Conun

      Huenun 17.735,00 MHz

      Repocura 17.727,00 MHz CCM Temuco 18.737,00 MHz

      Máfil 18.789,00 MHz Cayumapu 17.779,00 MHz

      Toltén 18.789,00 MHz Teodoro

      Schmidt 17.779,00 MHz

      Cayumapu 17.773,00 MHz Mariquina...

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