Proyecto que suspende embargos y desalojos es 'expropiación' temporal, según abogados - 16 de Agosto de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 847259637

Proyecto que suspende embargos y desalojos es 'expropiación' temporal, según abogados

Cumplió su primer trámite a comienzos de mes, y entre los abogados se encendió una alerta. La moción del diputado radical Alexis Sepúlveda propone en un artículo único suspender "las medidas judiciales de embargo de bienes y de lanzamiento, en razón de la emergencia sanitaria que vive el país". Como plazo, un año desde el cese del estado de excepción constitucional, y el tope: diciembre de 2021.La iniciativa, entre otras medidas, paraliza los embargos y lanzamientos de inmuebles destinados a la vivienda o a fines comerciales en ese período.También "los embargos, remates o ventas en pública subasta de los muebles que sean destinados a producir ingresos a sus dueños o poseedores, o que sean necesarios para el desarrollo de un oficio u actividad económica". Y aunque establece algunas excepciones, igualmente la norma generaría problemas.Resta atribuciones a los jueces"Constituye una avocación de facultades que competen al Poder Judicial" y "una privación del derecho de propiedad, ya que se afectan las facultades del dominio al acreedor (que no podrá cobrar su dinero), y al dueño del bien arrendado (que no podrá recuperar el bien dado en arrendamiento)".Fue lo primero que afirmó el Consejo del Colegio de Abogados, por unanimidad, en una declaración pública que difundió este viernes, agregando, entre otras cosas, que la norma no incorpora compensación alguna en favor del propietario. Es una simple expropiación o decomiso sin indemnización alguna".Su presidente, Héctor Humeres, explica que "el Colegio decide pronunciarse por la convicción que le asiste al Consejo de que con este proyecto se les está restando facultades a los jueces para decidir en los procesos sometidos a su conocimiento, y afecta la labor de los abogados respecto a los derechos de las personas que ellos representan en juicio".Para la orden gremial es una iniciativa que, al suspender los embargos, incluso "priva al acreedor de obtener una medida de apremio, dejándolo sin derecho alguno para siquiera preservar su derecho de cobrar en el futuro".Un proyecto innecesarioEl profesor de derecho civil de la UDD, Pedro Pablo Vergara, puntualiza que, desde el punto de vista jurídico, "el proyecto es innecesario, porque los jueces cuentan dentro del sistema legislativo actual con los mecanismos para poder resolver caso a caso y decretar la suspensión del remate o, incluso, del lanzamiento, tal vez, por plazos más breves, pero igual lo pueden hacer" si la persona acredita insolvencia.Con la...

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