Proyecto de reforma constitucional, en materia de provisión de vacantes de parlamentarios. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914508454

Proyecto de reforma constitucional, en materia de provisión de vacantes de parlamentarios.

Fecha19 Enero 2011
Número de Iniciativa7460-07
Fecha de registro19 Enero 2011
Autor de la iniciativaAlvear Valenzuela, Soledad, Chahuán Chahuán, Francisco, Espina Otero, Alberto, Larraín Fernández, Hernán, Pérez San Martín, Lily
MateriaCONSTITUCION 1980, VACANCIA EN EL PARLAMENTO
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín Nº 7.460-07


Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Espina y Chahuán, señoras Alvear y Pérez San Martín y señor Larraín, en materia de provisión de vacantes de parlamentarios.


Honorable Senado:


El actual sistema de provisión de las vacantes de parlamentarios, establecido en el articulo 51 de la Constitución Política, ha sido objeto de criticas fundadas, ya que, si bien es expedito, al entregar la designación del reemplazante al partido politice al cual pertenecía el parlamentario que deja la vacante cuando fue elegido, no salvaguarda adecuadamente el principio, establecido en el articulo 5° de la Carta Fundamental, en el sentido de que el ejercicio la realiza el pueblo a través del plebiscito y de las elecciones periódicas y, también, las autoridades que establece la Constitución.


La experiencias que deriva de la aplicación de las diversas fórmulas constitucionales por las que atravesado nuestro país en esta materia, como la no provisión del cargo vacante, la existencia de parlamentarios suplentes, la convocatoria a elecciones complementarias y el reemplazo por el compañero de lista, entre otras, permite concluir que lo más apropiado es someterse a la voluntad popular.


Para ello debe considerarse el pronunciamiento que emitió la ciudadanía, en la respectiva elección de diputados y senadores, cuando eligió al parlamentario que cesó en sus funciones, lo cual, es preciso reconocer, intenta reflejar el sistema vigente, en la medida que radica la decisión de nombramiento del reemplazante en el partido político al que estaba afiliado dicho parlamentario en ese momento.


Pero, si bien es correcta la finalidad, no lo es la solución, que priva a la ciudadanía del ejercicio directo de la soberanía. Lo acertado es devolverle la posibilidad de ejercerla, en términos de que sean los ciudadanos los que resuelvan sobre la persona llamada a ocupar la vacante que se haya producido, respetando el marco previo que ellos mismos determinaron en la correspondiente elección general de parlamentarios, para mantener la equiparidad ya fijada entre las distintas fuerzas políticas.


Para este efecto, se propone que, cuando la cesación en el cargo de parlamentario se produzca a lo menos un año antes de la fecha de expiración de su periodo, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR