Proyecto de reforma constitucional en materia de derecho a la educación y libertad de enseñanza. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914503404

Proyecto de reforma constitucional en materia de derecho a la educación y libertad de enseñanza.

Fecha13 Julio 2011
Número de Iniciativa7788-04
Fecha de registro13 Julio 2011
EtapaArchivado
MateriaDERECHO A LA EDUCACIÓN, LIBERTAD DE ENSEÑANZA
Autor de la iniciativaLagos Weber, Ricardo, Navarro Brain, Alejandro, Quintana Leal, Jaime, Rossi Ciocca, Fulvio
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoReforma constitucional

Boletín N° 7.788-04


Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Navarro, Lagos, Quintana y Rossi, en materia de derecho a la educación y libertad de enseñanza.


La Constitución Política de la República consolida el proceso de desestructuración y ruptura de las relaciones económicas y sociales que inspiraron al Estado chileno surgido a mediados del siglo 20. Dicho proceso se caracterizó por el rol jugado por las grandes mayorías para ampliar sus posibilidades de desarrollo y movilidad social, cuya mejor expresión fue el concepto de Estado Docente.


En este sentido, las transformaciones jurídicas que estableció la actual Constitución Política, dictada y aprobado el año 1980, no fueron sino otra cosa que la expresión de una refundación neoliberal de la sociedad y el Estado chileno en sus aspectos políticos, económicos, sociales y culturales, las que no hubieran sido posible en un sistema democrático y que solo se viabilizaron por un régimen de fuerza constituido al margen de un Estado de Derecho.


La recuperación de la democracia, en la cual la sociedad civil jugó un papel relevante, no trajo como consecuencia cambios sustanciales a dicho orden económico y social, al contrario las rectificaciones que en esta materia se han introducido han profundizado las contradicciones entre dicho orden y una democracia plena.


En este contexto, las movilizaciones estudiantiles del año 2006, colocaron en el debate nacional una de las mayores obras de la refundación neoliberal del Estado chileno, esto es, la municipalización de la educación pública y la profundización del rol del mercado en ésta, constituyéndose en fuente material de esta propuesta de reforma constitucional.


Qué duda cabe que las demandas centrales de las movilizaciones de los estudiantes secundarios y universitarios, hoy Junio de 2011, son las mismas que motivaron la llamada revolución pingüino el 2006, defensa de la educación pública, fin al lucro y término de la disyuntiva que ampara el actuar de los gobiernos que ha tenido Chile en los últimos 37 años.


El Derecho a la Educación y la Libertad de Enseñanza, tal como hoy se encuentran consagrados en la actual Constitución, son enclaves autoritarios, que dicen relación a la esencia del modelo. Estos principios se sustentan en el rol subsidiario del Estado, principio jurídico político que impregna el conjunto de la institucionalidad económica, social y política, antagónico a una idea de Estado solidario, que siente las bases de un país más humano.


Existe consenso en todos los estamentos y actores de la sociedad chilena que la Educación atraviesa por una grave crisis de gestión, administración, financiamiento y de desarrollo pedagógico, que inciden directamente en la calidad, inequidad y segmentación social. Mientras no exista una reforma constitucional que modifique sustancialmente el Artículo 19 números 10 y 11, relativos al derecho a la educación y a la libertad de enseñanza respectivamente, el rol subsidiario del Estado seguirá sustentando el andamiaje institucional que se inspira en dicho principio. Las dificultades, para que existan cambios estructurales en educación, pasan por desatar los nudos constitucionales, herencia del régimen militar.

Hay que tener presente que nuestro ordenamiento jurídico se cimienta sobre la base de una estructura piramidal, en cuya cúspide se encuentra la Constitución Política, y en un segundo escalón las Leyes Orgánicas Constitucionales, que desarrollan e implementan materias ya contenidas en la Constitución. Esta jerarquía normativa implica que no puede haber una reforma a una ley orgánica constitucional, cuando estas incidan en materias de fondo o estructurales, como el derecho a la educación o la libertad de enseñanza, sin que en forma previa o coetánea se produzcan cambios en la Constitución, por una necesaria y esencial coherencia normativa entre ambas.


Consecuentemente se requiere transformaciones profundas en la Constitución Política de la República que hagan primar el Derecho a la Educación por sobre la Libertad de Enseñanza, el derecho de propiedad y a la libre empresa educativa.


En otro orden de ideas, esta reforma constitucional plantea que el derecho a la educación esté protegido por el recurso de protección de garantías constitucionales del mismo modo como lo está el derecho a la libertad de enseñanza.


Una reforma de fondo a la Constitución de 1980, obliga a modificar y perfeccionar el conjunto de una normativa que no es compatible con los requerimientos de profundización democrática que la sociedad chilena exige a un gobierno surgido de la voluntad soberana del pueblo.


II. PRINCIPIOS QUE ESTÁN EN LA BASE DE ESTA PROPUESTA


1. Concepto de Educación pública:


Este proyecto señala un concepto de educación pública, agregando los elementos que le caracterizarán.


2. Municipalización:


El proyecto plantea que será el Estado el encargado de proveer educación pública, gratuita, de calidad y no discriminatoria, a través de entidades creadas por ley distintas a las municipalidades.


3. Restricciones a la Libertad de Enseñanza:


El proyecto elimina la restricción relativa a la seguridad nacional e incorpora los conceptos de bien común y función social a los cuales debe supeditarse dicha libertad.


4. Término del lucro con dineros del Estado:


El proyecto reconoce la legitimidad del fin de lucro cuando se trata de la actividad empresarial que se ejerce con recursos privados, pero lo prohíbe cuando éste se ejerce con recursos del Estado. Del mismo modo, se termina con el resquicio que permite que la educación privada con aporte estatal sin fines de lucro, constituya en paralelo sociedades con fines de lucro que la desnaturalizan y la convierten en educación de mercado.


5. Derecho a la Educación amparado por el Recurso de Protección

Se otorga la acción de protección a quienes vean amagado el pleno ejercicio del Derecho a la Educación que se establece en la presente Reforma Constitucional, corrigiendo de este modo el texto constitucional que no estableció dicho recurso bajo la excusa de que los derechos sociales estarían bajo esta tutela en la medida que el desarrollo económico del país lo permitiera. Para estos efectos, se incorpora el numeral 10 al artículo 20 de la Constitución.


Por lo anterior vengo en presentar el siguiente,


PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL


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