Proyecto de reforma constitucional que contempla el acuerdo del Senado en el nombramiento de los altos mandos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914495373

Proyecto de reforma constitucional que contempla el acuerdo del Senado en el nombramiento de los altos mandos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.

Fecha30 Diciembre 2019
Número de Iniciativa13145-07
Fecha de registro30 Diciembre 2019
Autor de la iniciativaNavarro Brain, Alejandro
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción


Boletín Nº 13.145-07


Proyecto de reforma constitucional, del Honorable Senador señor Navarro, que contempla el acuerdo del Senado en el nombramiento de los altos mandos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.



Considerando:


1- Que el Capítulo XI, artículo 104 de la Constitución Política de la República de Chile establece que: "Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, y el General Director de Carabineros serán designados por el Presidente de la República de entre los cinco oficiales generales de mayor antigüedad, que reúnan las calidades que los respectivos estatutos institucionales exijan para tales cargos; durarán cuatro años en sus funciones, no podrán ser nombrados para un nuevo período y gozarán de inamovilidad en su cargo.


El Presidente de la República, mediante decreto fundado e informando previamente a la Cámara de Diputados y al Senado, podrá llamar a retiro a los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros, en su caso, antes de completar su respectivo período".


2- Que la redacción del artículo citado, excluye en su inciso primero al Director General de Investigaciones, lo que merma el control democrático sobre las fuerzas de Orden y Seguridad Pública, tal como son entendidas en el artículo 101, inciso segundo de la Carta Magna.


3- Que la redacción del artículo 104 ya citado, presenta una concentración excesiva de poder sobre las Fuerzas Armadas de Orden y Seguridad, por parte del poder ejecutivo consagradas además en el artículo 32 número 16 de las...

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