Proyecto de ley que tipifica la conducta de maltrato o crueldad con los animales.
Fecha | 02 Septiembre 2003 |
Fecha de registro | 02 Septiembre 2003 |
Número de Iniciativa | 3327-12 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Horvath Kiss, Antonio, Stange Oelckers, Rodolfo, Valdés Subercaseaux, Gabriel, Vega Hidalgo, Ramón, Viera-Gallo Quesney, José Antonio |
Materia | ANIMALES |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Senado |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Moción
Proyecto de ley que tipifica la conducta de maltrato o crueldad con los animales y entrega competencia para conocer de la infracción
Desde el punto vista de la historia legislativa del país, la primera intención de establecer un régimen jurídico que velara por la salud y el cuidado de los animales data de 1962. En efecto, el 25 de abril de ese año, los ex Diputados señores Jorge Iván Hübner, Gustavo Alessandri, Patricio Phillips, Fernando Cancino, Luis Valdés, Alfredo Lorca y Juan Tuma, presentaron una iniciativa de ley que, en términos generales, recogía los aspectos principales contenidos en la Moción que diera origen al Boletín
Nº 1.721-12, que, como es de conocimiento público, ha sido tramitada en el Congreso Nacional y motivó determinadas Observaciones de S.E. el Presidente de la República.
Más tarde, en 1980, el Ministro de Justicia de la época elevó a la consideración del Ejecutivo un proyecto de ley sobre la materia que quedó a disposición de la Junta de Gobierno para su aprobación definitiva, pero que, por diversas razones y a pesar de que su texto fue acordado en la respectiva Comisión Legislativa, no llegó a transformarse en ley.
Así, la única manifestación legislativa concreta en nuestro ordenamiento jurídico es de noviembre de 1989, y consistió en incorporar al Código Penal un nuevo artículo, signado 291 bis, al tenor del cual se sanciona al que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de uno a diez ingresos mínimos mensuales o sólo a esta última.
En 1995 los HH. Diputados señoras Isabel Allende y María Angélica Cristi y señores Exequiel Silva, Francisco Encina, Alejandro Navarro, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, Juan Pablo Letelier y Sergio Ojeda, los ex diputados señores Mario Acuña, Víctor Reyes, José Makluf y Gutenberg Martínez y el actual Senador señor Nelson Ávila, presentaron la Moción mencionada más arriba, que perseguía salvar el vacío existente en nuestra legislación.
Tras una larga tramitación, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, surgieron diversas discrepancias referidas a su contenido prescriptivo que debieron ser abordadas por una Comisión Mixta, cuya propuesta fue aprobada por el Congreso Nacional y comunicada a S.E. el Presidente de la República el 11 de marzo de 2003.
Cabe destacar, sin embargo, que los artículos 12 y 13 propuestos por dicha Comisión Mixta no reunieron el quórum constitucional requerido, lo que implicó su rechazo. Estos artículos establecían las sanciones aplicables a los actos de crueldad o maltrato de animales y fijaban la competencia de los tribunales para conocer de dichas infracciones.
La proposición de la Comisión Mixta buscó resolver las divergencias que surgieron entre ambas Cámaras durante la tramitación del proyecto, referidas precisamente al tratamiento punitivo que se daría a las infracciones contempladas. En efecto, mientras la Cámara de Diputados aprobó una norma que sancionaba dichas conductas tipificándolas como delitos y entregaba su competencia a los tribunales del crimen, el...
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