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Proyecto de ley que protege el empleo y fortalece el seguro de cesantía.

Fecha06 Enero 2020
Número de Iniciativa13175-13
Fecha de registro06 Enero 2020
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Trabajo y Previsión Social
MateriaSEGURO DE CESANTIA
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Mensaje
Párrafo xº





Boletín N° 13.175-13



Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S. E. el Presidente de la República, que protege el empleo y fortalece el seguro de cesantía.





MENSAJE 564-367/





Honorable Senado:

A S.E. EL

PRESIDENTE

DEL H.

SENADO.



Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que protege el empleo y fortalece el Seguro de Cesantía de la ley N° 19.728, que establece un Seguro de Desempleo.

I.FUNDAMENTOS Y ANTECEDENTES
  1. Contexto actual y efectos de la crisis social

Durante las últimas semanas el país ha vivido un profundo proceso de reflexión en el cual hemos participado todos los chilenos desde diferentes frentes y ámbitos, compartiendo la meta común de construir un Chile más justo y con más equidad a futuro.


Las legítimas manifestaciones de miles de chilenos en estos últimos dos meses y medio no solo apuntan a mejorar las condiciones materiales de la población, sino que también buscan avanzar hacia una sociedad en la que la dignidad sea el principal valor de una sana convivencia.

Como Gobierno hemos escuchado con claridad el mensaje de los chilenos y recogemos con profundo compromiso las legítimas demandas que se han planteado a lo largo de este proceso de reflexión.


En este sentido, y tal como lo ha sido desde el primer día, nuestra primera prioridad como Gobierno es poner a las personas en el corazón de las políticas públicas, enfocando los esfuerzos para mejorar la calidad de vida de todos los chilenos.


Como es de conocimiento público, la crisis social que durante los últimos meses experimentó nuestro país, pero principalmente los hechos de violencia de la cual fueron víctimas miles de personas, significó alterar el ritmo habitual de la actividad económica y productiva, cuestión que ya está produciendo efectos con una disminución del índice mensual de actividad económica de noviembre de 2019 del 3,3% en comparación con el mismo mes del año anterior, lo que, de acuerdo a la información de expertos y organismos públicos especializados, debería profundizarse en los meses venideros.


En efecto, de acuerdo al Banco Central, el mercado laboral se encuentra actualmente en proceso de deterioro, y de “mantenerse la relación histórica entre la demanda de trabajo y la actividad, y de no producirse cambios significativos por el lado de la oferta, la tasa de desempleo podría superar el 10% a inicios del 2020” (Informe de Política Monetaria, diciembre 2019).


Parte de estos efectos ya los estamos experimentando. De acuerdo a las cifras entregadas por la Dirección del Trabajo, entre el 1° y el 27 de diciembre de 2019, 90.228 personas fueron desvinculadas por la causal de término de contrato de trabajo establecida en el inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, esta es, las “necesidades de la empresa, establecimiento o servicio”, lo que representa un aumento del 150% en comparación con el mismo mes del año anterior.


El cambio en el escenario económico es un desafío que refuerza nuestro compromiso por promover políticas públicas centradas en las necesidades de los chilenos, especialmente en aquellos más vulnerables y que más se ven afectados en episodios críticos.


Por lo anterior, en atención a la delicada situación económica y a sus consecuencias en el mundo del trabajo, hemos estimado necesario anticiparnos oportuna y responsablemente a esta coyuntura y presentar una iniciativa orientada, por una parte, a proteger el empleo de los trabajadores; y por otra, a fortalecer la prestación del Seguro de Cesantía a fin de mejorar el acceso y cobertura del mismo.

  1. Agenda social y medidas de protección al empleo y apoyo en períodos de cesantía

El Gobierno ha anunciado una serie de medidas orientadas a pavimentar un camino de reformas para mejorar la calidad de vida de los chilenos.


En efecto, recientemente lanzamos una Agenda Social con medidas concretas por US$ 5.000 millones, entre las que destacan las medidas para aumentar las pensiones, especialmente para los más vulnerables; fortalecer el sistema de salud y mejorar el acceso a los medicamentos; mejorar los salarios de los trabajadores garantizando un ingreso mínimo mediante un subsidio estatal; y reducir el costo de la vida con menores tarifas en servicios básicos de electricidad y transporte público para adultos mayores.


Junto a esto, anunciamos una agenda de reactivación económica por más US$5.500 millones, la que tiene por principal objetivo crear 100 mil empleos y darle un nuevo impulso a las micro, pequeñas y medianas empresas.


En este contexto, la presente iniciativa busca evitar que los trabajadores pierdan su fuente laboral, permitiéndoles suscribir con el empleador un pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo, compensando la consecuente disminución de sus ingresos con un complemento de su remuneración de cargo del Fondo de Cesantía Solidario. De esta forma, se reduce la presión económica sobre la empresa y se mantiene la fuente laboral del trabajador, sin afectar la totalidad de los ingresos de éste.


Esta política pública busca que las partes puedan acordar temporalmente la reducción de la jornada de trabajo, a fin de que las empresas no se vean obligadas a despedir trabajadores por la coyuntura económica, y que los trabajadores no pierdan su fuente de ingresos, fomentándose la estabilidad del empleo y que, al término del periodo transitorio, las partes puedan retornar a la normalidad.


La experiencia comparada en situaciones similares avala la política pública que se propone. En efecto, entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (“OCDE”), 16 de estos ya han implementado programas de jornadas de trabajo reducidas con diseño similar, obteniendo buenos resultados y logrando el objetivo propuesto.

Aún más, durante la crisis financiera mundial del 2009, muchos países adoptaron esquemas de reducción de jornada, entre ellos, Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Corea del Sur, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Hungría, Holanda, Irlanda, Italia, Japón, Luxemburgo, Noruega, Nueva Zelanda, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Suiza y Turquía.


En la misma línea, la OCDE menciona que, para evitar pérdidas de eficiencia en los mercados laborales, las políticas de reducción de jornada deben ser temporales y focalizadas en aquellas empresas cuya producción o ventas se haya visto mermada y cuyos trabajadores se vean expuestos al desempleo (Employment Outlook 2009 y 2010, OCDE).


Asimismo, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (“OIT”), existen una serie de elementos a considerar para el diseño adecuado de políticas para estabilizar el desempleo, entre estas: la reducción de horas trabajadas por todos o parte de los trabajadores de una compañía, en vez de su despido; la reducción prorrateada de los ingresos; la provisión de complementos salariales a los trabajadores afectados para suavizar el efecto de las reducciones temporales de remuneraciones; y establecer límites de tiempo en el período de la reducción de jornada para asegurar que el programa sea una respuesta temporal a períodos de crisis económica (“Working time in the twenty-first century”. Report for discussion at the Tripartite Meeting of Experts on Working-time Arrangements 2011, OIT).


Complementariamente a esta medida, y para aquellos casos en que el trabajador ha quedado desempleado, la iniciativa rebaja los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía, disminuyendo el número de cotizaciones requeridas para acceder a las prestaciones con cargo a dicho seguro, y fortaleciendo su cobertura, aumentando los porcentajes y valores sobre los cuales se calcula la referida prestación.


Adicionalmente, la iniciativa otorga a aquellos trabajadores que perciban un último giro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario el derecho a dos giros adicionales, sin que sea necesario cumplir con el requisito de alto desempleo del artículo 25 de la ley N° 19.728.


Así, ambas medidas buscan afrontar la desaceleración de la actividad económica tanto actual como proyectada, con énfasis primero, en mantener y proteger los puestos de trabajo y, segundo, en apoyar el período de la búsqueda de una nueva fuente laboral con mayor acceso a la prestación de cesantía con cargo a la cuenta individual o al fondo solidario.

II.CONTENIDO del Proyecto

La presente iniciativa que someto a consideración de esta H. Corporación, propone dos medidas transitorias orientadas a la protección del empleo y el fortalecimiento del Seguro de Cesantía.


Estas medidas, conforme lo establece el proyecto, tendrán una vigencia de 12 meses contados desde la fecha en que esta ley sea publicada en el Diario Oficial.

  1. Pactos de Reducción Temporal de Jornadas de Trabajo

  1. Concepto de Pacto

Los empleadores y trabajadores afiliados al Seguro de Cesantía podrán pactar durante el período de vigencia de la presente...

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