Proyecto de ley, que modifica las normas de admisión escolar para garantizar la libertad de enseñanza, vinculación de apoderados con los proyectos educativos, y entregar prioridad en la admisión a estudiantes bajo cuidado alternativo del servicio nacional de menores y aquellos con necesidades educativas especiales permanentes. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914515533

Proyecto de ley, que modifica las normas de admisión escolar para garantizar la libertad de enseñanza, vinculación de apoderados con los proyectos educativos, y entregar prioridad en la admisión a estudiantes bajo cuidado alternativo del servicio nacional de menores y aquellos con necesidades educativas especiales permanentes.

Fecha20 Marzo 2019
Número de Iniciativa12486-04
Fecha de registro20 Marzo 2019
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Segundo informe de comisión de Educación y Cultura
MateriaSERVICIO NACIONAL DE MENORES
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Mensaje



Boletín N° 12.486-04

Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S. E. el Presidente de la República, que modifica las normas de admisión escolar para garantizar la libertad de enseñanza, vinculación de apoderados con los proyectos educativos, y entregar prioridad en la admisión a estudiantes bajo cuidado alternativo del servicio nacional de menores y aquellos con necesidades educativas especiales permanentes.






M E N S A J E Nº 009-367/






A S.E. EL

PRESIDENTE

DEL H.

SENADO

Honorable Senado:




En uso de mis facultades constitucionales vengo en presentar el siguiente proyecto de ley que modifica normas de admisión para garantizar libertad de enseñanza, vinculación de apoderados con proyecto educativo, y dar prioridad en la elección de colegios a niños provenientes de las residencias del Servicio Nacional de Menores y aquellos con necesidades educativas especiales permanentes.



  1. ANTECEDENTES


El nuevo Sistema de Admisión Escolar, creado en la ley N° 20.845, de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes regulares del Estado, se ha implementado en todo el país con excepción de la Región Metropolitana.



Durante su puesta en marcha se detectaron una serie de dificultades y espacios para incorporar mejoras en su funcionamiento, tales como la insuficiencia de algunos criterios de priorización contemplados en la ley; la frustración de algunos postulantes y sus familias que no encuentran reconocimiento para su rendimiento académico; y la imposibilidad de lograr que los establecimientos educacionales puedan desarrollar cabalmente sus proyectos educativos. Además, existen algunas restricciones legales que no permiten el mejor desarrollo de los procesos de admisión, como la prohibición a los establecimientos educacionales de hacer difusión de sus proyectos educativos durante el período de postulación, en circunstancias que es precisamente en esa etapa cuando la información que se entrega a los padres y apoderados cobra más relevancia.


Por otra parte, en nuestro Programa de Gobierno, además de comprometernos a mejorar la calidad de la educación en todos sus niveles, nos comprometimos a perfeccionar el marco regulatorio para permitir mayor autonomía y diversidad de proyectos educativos, entregando la posibilidad a todos los establecimientos educacionales de incorporar criterios propios de admisión para hasta un 30% de la matrícula acorde a los respectivos proyectos educativos, los cuales tendrán que ser siempre objetivos, transparentes y no podrán significar discriminaciones arbitrarias.


En virtud de lo anterior, presentamos en enero de este año un proyecto de ley que perfecciona el sistema de admisión escolar, incorporando criterios de mérito y justicia, Boletín N° 12.377-04, que tiene por objeto permitir que los establecimientos educacionales de alta exigencia puedan establecer procedimientos propios de admisión que consideren el rendimiento académico, de acuerdo a criterios objetivos, a partir de séptimo básico. También busca permitir que los establecimientos educacionales de especialización temprana apliquen sus propios procesos de admisión. Adicionalmente, en el sistema de admisión general se propone ampliar algunos criterios de priorización y otorgar a los establecimientos educacionales la posibilidad de incorporar criterios de admisión de hasta un 30% de sus vacantes de acuerdo a sus proyectos educativos, siempre que sean transparentes, objetivos y no signifiquen discriminaciones arbitrarias.


El presente proyecto de ley junto con recoger las modificaciones a las normas generales de admisión contenidas en el proyecto de ley que perfecciona el sistema de admisión escolar, boletín N° 12.377-04, incorpora propuestas para fortalecer la diversidad de proyectos educativos y nuevos criterios de inclusión en la priorización del sistema de admisión general.


  1. FUNDAMENTOS


La ley N° 20.845, estableció un nuevo sistema de admisión escolar que consiste en un procedimiento centralizado de asignación de estudiantes a establecimientos educacionales subvencionados, de acuerdo a las preferencias declaradas por sus apoderados y a las prioridades que establece la ley. Estas últimas consideran, en orden sucesivo, los siguientes criterios: existencia de hermanos que postulen o se encuentren matriculados en el mismo establecimiento; incorporación del 15% de estudiantes prioritarios; la condición de hijo de un profesor o cualquier otro trabajador del establecimiento educacional; y haber estado matriculado anteriormente en el establecimiento educacional al que se postula, salvo que hubiere sido expulsado con anterioridad


Una verdadera libertad de elección sólo puede darse cuando se satisfacen tres condiciones fundamentales en el sistema educativo. Lo primero es la existencia de reglas justas y objetivas que regulen el acceso a las escuelas subvencionadas del país. Estas reglas se establecieron a través de la ley N° 20.845 y el presente proyecto de ley busca perfeccionarlas.


Luego, es necesario que se asegure una oferta de calidad pareja en el territorio nacional, de manera que la segregación espacial existente en nuestro país no impida a ningún estudiante acceder a una educación de calidad. El plan “Leo Primero”, que busca incentivar la lectura en niños de primero básico; el plan “Todos al Aula”, que busca reducir la sobrecarga administrativa en equipos directivos y sostenedores; el programa “Escuelas Arriba”, que busca reforzar los aprendizajes de cerca de sesenta mil estudiantes en escuelas de bajo desempeño; y todas las iniciativas por la calidad contenidas en el plan Chile Aprende Más impulsado por el Ministerio de Educación, apuntan a este objetivo.


Por último, es importante que la oferta educativa sea capaz de albergar una diversidad suficiente para que las familias puedan encontrar proyectos educativos que las vinculen y que trasmitan los valores, identidades, visiones del mundo y filosofías que ellas quieren traspasar a sus hijos.


El sistema de admisión actual fue implementado desconociendo las lamentables brechas de calidad existentes en la oferta educativa en nuestro territorio nacional y contempla un mecanismo de asignación de cupos que riñe con la necesidad de contar con una adecuada diversidad de proyectos educativos en orden a permitir una verdadera libertad de elección por parte de las familias.


Lo anterior ha producido, durante los primeros tres años de implementación, una creciente frustración en familias que han visto truncada la posibilidad de traspasar espacios de ellos mismos a sus hijos por un sistema ciego a la idea de una verdadera comunidad escolar.


En el presente proyecto de ley que sometemos a su consideración, incorporamos modificaciones al sistema general de admisión tendientes a asegurar una verdadera libertad de enseñanza. Así, mantenemos los elementos de justicia que propone la iniciativa original, como la prioridad para aquellos postulantes que sin ser hermanos pertenezcan a un mismo hogar, y la posibilidad de aumentar el porcentaje de alumnos prioritarios para aquellos establecimientos que se encuentren en categoría de desempeño medio o alto, conforme a la última ordenación de la Agencia de la Calidad de la Educación; el reconocimiento a la libertad de enseñanza, al permitir la incorporación de hasta un 30% de estudiantes en virtud de mecanismos y criterios de admisión relacionados con los proyectos educativos; y el refuerzo al derecho preferente de los padres para educar a sus hijos, al flexibilizar la difusión de los proyectos educativos mediante encuentros públicos o las entrevistas durante el proceso de postulación, las cuales no podrán ser utilizadas como criterio de admisión.


En esta iniciativa, con el objeto de profundizar en la incorporación de elementos de justicia e inclusión en el sistema de admisión escolar, se introducen como primera prioridad a niños, niñas y adolescentes bajo medidas de protección de cuidado alternativo en la red de Servicio Nacional de Menores y, en segundo lugar, a los que tienen necesidades educativas especiales de carácter permanente que postulen a establecimientos educacionales con proyectos de integración escolar (PIE).


Los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en cuidado residencial del Servicio Nacional de Menores han sido víctimas de graves vulneraciones de derechos, razón por la cual un tribunal decretó una medida de separación familiar e internación en una residencia de protección, situándolos bajo protección especial del Estado.


Estos estudiantes por lo general presentan rezago escolar, por lo cual requieren de mayor apoyo socioeducativo para su incorporación y mantención en los establecimientos educacionales. Adicionalmente, el proceso de separación familiar implica además del cambio del entorno familiar y de domicilio, un cambio de establecimiento educativo, de...

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