Proyecto de Ley modifica la ley N° 19.253, sobre pueblos indígenas, facilitando el acceso de sus asociaciones a los recursos del mar. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914514936

Proyecto de Ley modifica la ley N° 19.253, sobre pueblos indígenas, facilitando el acceso de sus asociaciones a los recursos del mar.

Fecha18 Abril 2002
Número de Iniciativa2917-21
Fecha de registro18 Abril 2002
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaEscalona Medina, Camilo
MateriaINDIGENAS
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Moción del diputado señor Escalona

Moción del diputado señor Escalona.


Modifica la ley Nº 19.253, sobre pueblos indígenas, facilitando el acceso de sus asociaciones a los recursos del mar. (boletín Nº 2917-21)



Vistos:


Lo dispuesto en el artículo 1º y 19º numeral 21 de la Constitución Política de la República y las leyes Nºs 18.892 y 19.253.

Considerando:


1. Que el Estado chileno ha asumido el compromiso de respetar y promover el desarrollo de los pueblos originarios, su cultura y sus formas de vida, creando las condiciones o adoptando las medidas que permitan su progreso material y espiritual.


2. Que, con este objeto, se debe atender a sus necesidades de empleo, particularmente dando respaldo legal a las actividades que han servido ancestralmente para su subsistencia.


3. Que en el caso del pueblo lafkenche y de otras etnias originarias, su desarrollo se encuentra ligado al mar y a la pesca artesanal, explotando, con ese fin, el borde costero en pequeñas comunidades de pescadores o algueros, organizadas según la ley Nº 19.253, de Fomento, Protección y Desarrollo de los Indígenas.


4. Que, lamentablemente, esa forma de asociación para la utilización de los recursos del mar no encuentra hoy respaldo jurídico, pues la ley Nº 18.892, general de Pesca y Acuicultura limita el uso de las áreas de manejo a organizaciones de pescadores artesanales.


5. Que constituye una importante reivindicación de este pueblo originario poder acceder al uso del borde costero, a través de las Asociaciones Indígenas constituidas según lo dispuesto en los artículos 36 y 37 de la ley Nº 19.253, conformadas por miembros de dichas etnias inscritos en el Registro Pesquero Artesanal.


6. Que por tal motivo, se propone modificar dicha ley, incluyendo en su Título VIII sobre Disposiciones Particulares un párrafo especial destinado a los pescadores artesanales indígenas.


En dicho apartado, se les faculta para postular directamente como...

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