Proyecto de Ley que Modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en lo relativo a la Provisión de vacantes de concejales independientes. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914511643

Proyecto de Ley que Modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en lo relativo a la Provisión de vacantes de concejales independientes.

Fecha12 Septiembre 2000
Número de Iniciativa2586-06
Fecha de registro12 Septiembre 2000
EtapaArchivado
MateriaMUNICIPIOS
Autor de la iniciativaCanessa Robert, Julio, Cantero Ojeda, Carlos, Horvath Kiss, Antonio, Moreno Rojas, Rafael, Núñez Muñoz, Ricardo
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES CANESSA, CANTERO, HORVATH, MORENO Y NÚÑEZ, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY Q

MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES CANESSA, CANTERO, HORVATH, MORENO Y NÚÑEZ, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES EN LO RELATIVO A LA PROVISIÓN DE VACANTES DE CONCEJALES INDEPENDIENTES

(2586-06)



Honorable Senado:


Recientemente el Senado ha aprobado un proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley Orgánica de Municipalidades en materia de elecciones de sus autoridades (Boletín Nº 2556-06).


Entre otras, la mencionada iniciativa propone normas para reemplazar a los candidatos a concejales que postulen como independientes integrando pactos o sub pactos con partidos políticos, para cuyo efecto formula las correspondientes enmiendas al artículo 78 de ese cuerpo legal.


El informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización que da cuenta de la discusión y de los acuerdos que precedieron a la aprobación de esta modificación, deja la siguiente constancia en relación con los candidatos independientes que postulan al cargo de concejales sin integrar listas o pactos, según se lee en la página seis:



"Con ocasión de este debate, el H. Senador señor Horvath advirtió que los acuerdos adoptados no consideran la vacante provocada por un concejal independiente que haya concurrido a la elección sin integrar pacto o subpactos, lo cual, a su juicio, debiera regularse para poner en un mismo pie de igualdad a estos ciudadanos. Señaló que en relación con esta inquietud están en trámite en el Parlamento dos mociones que proponen reformas al artículo 47 de la Constitución Política con el fin de que los parlamentarios elegidos como independientes que mantuvieran tal condición al momento de generar una vacante sean reemplazados por las personas que propongan quienes los hayan postulado al cargo. (Boletines Nºs. 1861-07 y 1890-07).


Los HH. Senadores señores Canessa, Horvath y Moreno, haciéndose cargo de esta prevención, formularon una indicación que discurre sobre similar idea a la planteada en los referidos proyectos de reforma constitucional, esto es, que los concejales no asociados o vinculados a un partido o partidos en virtud de un pacto o subpacto puedan ser reemplazados; y a este efecto la Indicación sugiere que el reemplazo se haga con la persona que señale el concejal elegido al momento de asumir su cargo.


Durante el debate de esta indicación se consideró que la idea que ella contiene merece de una mayor reflexión en cuanto a la fórmula propuesta, lo que aconseja que su análisis sea hecho por separado y no dentro de los tiempos propios de este proyecto. En atención a ello, la unanimidad de los HH. Senadores...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR