Proyecto de ley que modifica el artículo 4º de la ley Nº 19.419, con el objeto de precisar en cada acción publicitaria los riesgos que para la salud implica el consumo de tabaco.
Fecha | 07 Abril 2004 |
Fecha de registro | 07 Abril 2004 |
Número de Iniciativa | 3484-11 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Naranjo Ortiz, Jaime |
Materia | TABACO |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Senado |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
MOCION DEL SENADOR JAIME NARANJO QUE MODIFICA EL ARTICULO Nº 4 DE LA LEY Nº 19.419 DE FORMA DE PERMITIR QUE EL MENSAJE DE LA ADVERTENCIA SEA CLARO Y PRECISO.
Cada año el tabaco mata 4 millones de personas en el mundo, cifra que en nuestro país alcanza a alrededor de 9.000. El tabaco por tanto, hoy es responsable de 1 de cada 10 muertes de personas adultas en el mundo y se estima que el año 2.030 esta cifra se elevará a 1 de cada 6, lo que equivale a 10 millones de defunciones anuales.
Tal como lo señala el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco suscrito recientemente por nuestro país, la “ciencia ha demostrado inequívocamente que el consumo del tabaco y la exposición al humo del tabaco son causas de mortalidad, morbilidad y discapacidad, y que las enfermedades relacionadas con el tabaco no aparecen inmediatamente después de que se empieza a fumar o a estar expuesto al humo del tabaco o a consumir de cualquier otra manera productos de tabaco”. De igual forma, se ha comprobado que muchos de los compuestos que contienen los cigarros y cigarrillos, son farmacológicamente activos, tóxicos, mutágenos y cancerígenos.
Las principales muertes producto de enfermedades relacionadas con el tabaco son: cardiopatía coronaria (primera causa); diversos tipos de cáncer (pulmonar, laríngeo, esófago, páncreas, vejiga, cuello del útero, leucemia) y enfermedad obstructiva crónica. A esto hay que agregar el doble daño que produce el humo del tabaco a las mujeres embarazadas y al feto.
Todas estas enfermedades y muchas otras son causadas por los más de 4.000 productos tóxicos que libera el tabaco en su combustión.
Con el fin de proteger la salud de los chilenos, el 22 de Septiembre de 1995 se promulgó la Ley Nº 19.419, que regula actividades en relación al tabaco. A través de ella se buscaba dotar al Estado y sus instituciones de mayores herramientas para enfrentar el flagelo del tabaco, limitar los lugares para su consumo y adoptar medidas de prevención del tabaquismo.
Uno de los puntos fundamentales, decía relación con el establecimiento de una advertencia clara y precisa en cada acción publicitaria acerca de los riesgos que para la salud implica el consumo de tabaco.
Para hacer efectivo el punto anterior, el Ministerio de Salud dictó el decreto supremo Nº 337 de 26 de mayo de 1998 que establece "Reglamento que establece advertencia para envases y acciones publicitarias de productos hechos con tabaco para el consumo humano", el que fue rechazado por la Contraloría General de la República y posteriormente reemplazado por el Decreto Nº 325 de 24 de diciembre de 2002, el que establecía las siguientes advertencias rotatorias:
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“El tabaco es adictivo y produce cáncer, infartos y enfisemas”,
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“ El humo del tabaco también daña a los no fumadores”,
“ Fumar...
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