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Proyecto de Ley que modifica el artículo 212 del Código Penal, con el propósito de establecer la figura del delito de fraude procesal.

Fecha23 Enero 2002
Fecha de registro23 Enero 2002
Número de Iniciativa2871-07
EtapaArchivado
MateriaCÓDIGO PENAL
Autor de la iniciativaErrázuriz Talavera, Francisco
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR ERRÁZURIZ, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 212 DEL CÓDIGO PEN

MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR ERRÁZURIZ, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 212 DEL CÓDIGO PENAL, CON EL PROPÓSITO DE ESTABLECER LA FIGURA PENAL DEL DELITO DE FRAUDE PROCESAL.





Honorable Senado:



Antecedentes



La delincuencia moderna se caracteriza por la multiplicación de los delitos, y por el ingenio utilizado por el delincuente para los efectos de su comisión. En la época actual los delitos de fraude y engaño, superan con creces a los de violencia. El accionar del delincuente ha ido evolucionando, refinándose, y creando nuevos medios de engaño que le aseguren impunidad.



La estafa, fraude por engaño por excelencia, se ha ido adaptando a los tiempos, lugares y circunstancias y, últimamente, se ha instalado en el domicilio de los tribunales de justicia. En efecto, el moderno estafador ha escogido el medio más apropiado: el proceso, conocedor de que el formalismo jurídico es el caldo de cultivo propicio que permita obtener sus objetivos dolosos, no corriendo otro riesgo que no sea el de ser tachado de litigante temerario, en el evento de no conseguir su propósito delictivo.



Es en el referido contexto, donde la astucia es permitida, sin que se haya establecido, por el legislador, los límites a que puede llegar la misma. Es así que se puede llegar a utilizarla al nivel que sustituya completamente al derecho, ocasionando de esta manera, un daño a la contraparte honesta, que de realizarse, al margen del proceso, sería calificado lisa y llanamente de estafa.



De esta forma, la evolución del derecho penal, hace de suyo necesario la creación de la figura de la “estafa procesal” y su correspondiente sanción punitiva, ya que de lo contrario se estaría dejando en la impunidad una conducta, ciertamente dolosa, de cada vez mayor ocurrencia en las relaciones sociales y frente a la cual, dada su especialización y el grado...

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