Proyecto de ley, iniciado en Moción de la Honorable Senadora señora Campillai, que modifica la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para incluir en los planes curriculares de los programas que indica, la concientización y capacitación en materia de inclusión de personas en situación de discapacidad. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 926706613

Proyecto de ley, iniciado en Moción de la Honorable Senadora señora Campillai, que modifica la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para incluir en los planes curriculares de los programas que indica, la concientización y capacitación en materia de inclusión de personas en situación de discapacidad.

Número de Iniciativa15705-36
Fecha de registro26 Enero 2023
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
Autor de la iniciativaCampillai Rojas, Fabiola
Boletín Nº 15705-36
PROYECTO DE LEY
Proyecto de ley, iniciado en Moción de la Honorable Senadora señora Campillai, que
modifica la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e
inclusión social de personas con discapacidad, para incluir en los planes curriculares de
los programas que indica, la concientización y capacitación en materia de inclusión de
personas en situación de discapacidad.
FUNDAMENTOS:
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas Con discapacidad de
las Naciones Unidas promulgada en el año 2006 definió como personas con
discapacidad a todas aquellas “con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o
sensoriales a largo plazo que, al enfrentarse a diversas actitudes negativas u obstáculos
físicos, pueden ver dificultada su plena participación en la sociedad” . Dicho texto
prosigue y en su artículo 2º, que guarda relación con las definiciones, manifiesta que
se entiende por discriminación por motivos de discapacidad a “cualquier distinción,
exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tengan el propósito o el efecto
de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de
condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en el ámbito
político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de
discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables” (Convención Sobre
los derechos Humanos de las personas con discapacidad.
https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf).
Como lo indica la arquitecta, Paulina Cavada, en el país más del 10% de la
población sufre de algún tipo de discapacidad. Este porcentaje incluso sería mayor,
pues la misma autora menciona que “la realidad ha demostrado que ese porcentaje es
mucho mayor si se considera a las personas que tienen diabetes, adultos mayores,
personas con insuficiencias cardíacas o respiratorias y todas aquellas que personas que

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