Proyecto de ley que establece como requisito para ingresar a la Administración del Estado ser donante de órganos. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914506543

Proyecto de ley que establece como requisito para ingresar a la Administración del Estado ser donante de órganos.

Fecha06 Julio 2011
Número de Iniciativa7773-06
Fecha de registro06 Julio 2011
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaNavarro Brain, Alejandro, Quintana Leal, Jaime
MateriaADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín Nº 7.773-06


Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Navarro y Quintana, que establece como requisito para ingresar a la Administración del Estado ser donante de órganos.


1. Las donaciones de órganos


Pese a las constantes campañas e informaciones que buscan sensibilizar a los ciudadanos respecto de la importancia que tiene la donación de órganos, así como las modificaciones legales que buscan facilitar el proceso de consentimiento informado de cada ciudadano al respecto, las cifras nacionales no resultan muy satisfactorias en este ámbito.


A nivel internacional España es uno de los países que llevan la delantera en materia de donación, con una tasa de 32 donantes por millón de habitantes. En Chile, pese a los 1.800 pacientes en lista de espera de un transplante, la tasa es de 6,1 donantes, muy por debajo de Argentina, cuya tasa duplica a la chilena, y de Uruguay, que la triplica.


La modificación de la Ley 19.451 convirtió la donación en un acto universal para todos los chilenos mayores de 18 años, quienes ahora son automáticamente donantes en caso de fallecimiento. Antes, los chilenos decidían si querían o no ser donantes. Ahora el sistema es al revés: son donantes si no manifiestan lo contrario al renovar el carné de identidad o la licencia de manejar, o si acuden explícitamente al Registro Civil o a una notaría para formalizar la renuncia a la calidad de donante universal.


Así, por ejemplo, el 2009, de las 307 familias que podían donar los órganos de un pariente declarado con muerte encefálica sólo 111 aceptaron hacerlo, lo que corresponde al número más bajo registrado desde 1997.


En los primeros cinco meses luego de la modificación de la ley 19.451 -la ley 290.413, publicada el 15 de enero de 2010- 328.372 chilenos renunciaron a donar sus órganos. La cifra equivale a un poco más del tercio de las 903.812 personas consultadas al respecto en las oficinas del Registro Civil al momento de renovar su carné de identidad.


A diciembre de 2010, un total de 873.293 ciudadanos se habían inscrito en el Registro Nacional de No Donantes.


Según cifras dadas a conocer por el Servicio de Registro Civil, de ese total la Región Metropolitana encabeza el ranking de “no donantes” con 371.345 personas, seguida por la Región del Bíobío con 106.214. En tercero y cuarto lugar figuran las regiones de Valparaíso y La Araucanía con 84.174 y 48.699 no donantes, respectivamente. La Región de Aysén, en tanto, ostenta el número más bajo con 3.500 chilenos que rehusaron serlo.


Estas cifras aumentaron: al 18 de abril del 2011 existía un total acumulado de 1.281.682 personas que hasta esa fecha habían manifestado su voluntad de no ser donantes de órganos cuando se les consultó al momento de renovar su licencia de conducir o sacar o renovar su cédula de identidad.


Lamentablemente el número de “no donantes” aumenta día a día y no se ha notado el esperado aumento de donaciones que se esperaba con la última modificación legal. De hecho, la da discusión ya está instalada en las plataformas virtuales: en facebook existen varios grupos contrarios a la donación. En el grupo de Facebook “No soy donante” se advierte a los participantes que la ley chilena se refiere a que todos los mayores de 18 años son donantes automáticamente. “El señor Estado decidió por nosotros obligarnos a ser donantes. En pocas palabras, expropió nuestros órganos. Los invito a ir al Registro Civil y decir NO soy donante, ya que ser donante es una opción, no una obligación o imposición”, escribe.


Contra lo que pudiera pensarse, parte importante de los argumentos en contra de la donación de órganos para transplantes no pasan, por ejemplo, por convicciones religiosas. De hecho ningún credo en Chile se opone a la donación y existe incluso una declaración del Comité Permanente de la Conferencia Episcopal de la Iglesia Católica que dice que “Es preciso educar a la generosidad para que haya muchas personas que quieran ofrecer esta donación” y el propio Papa Benedicto XVI ha declarado ser donante. Muchos de los “no donantes” responsabilizan al Estado de que exista esta “obligación” o “imposición” de ser donante, cuando pese a que se declare la voluntad de ser donante la decisión última de la familia puede, finalmente, revocarla en los hechos.


Sin embargo, es posible que muchos de aquellos ciudadanos que no quieren ser donantes de órganos por considerarlo un acto Arbitrario del Estado, en su condición de profesionales postulen a concursos públicos para acceder a cargos en ese mismo aparato estatal cuestionado.


Por lo anterior parece necesario regular esta situación buscando que exista la mínima coherencia entre una política pública de tanta importancia impulsada por el Estado y el acceso de aquellas personas que aspiran a desempeñarse en los servicios públicos estatales.


2. El Estatuto Administrativo


Actualmente el Artículo 32 del Estatuto Administrativo indica que para los efectos de Ley 18.834, el significado legal del término “Cargo público” es “aquél que se contempla en las plantas o como empleos a contrata en las instituciones señaladas en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR