Proyecto de Acuerdo sobre aprobación del "Convenio Básico entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre cooperación Técnica y Económia", suscrito en Bonn, el 15 de Marzo de 1995. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914513593

Proyecto de Acuerdo sobre aprobación del "Convenio Básico entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre cooperación Técnica y Económia", suscrito en Bonn, el 15 de Marzo de 1995.

Fecha30 Mayo 1995
Fecha de registro30 Mayo 1995
Número de Iniciativa1610-10
EtapaTramitación terminada D.S. Nº 725 (Diario Oficial del 21/08/1997)
MateriaACUERDOS INTERNACIONALES
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Senado
Tipo de proyectoProyecto de acuerdo
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Boletín Nº 1610-10.


MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO RELATIVO AL CONVENIO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE COOPERACION TECNICA Y ECONOMICA.


SANTIAGO, mayo 22 de 1995.-



MESAJE Nº 09-331



Honorable Senado:


Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Convenio Básico entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Técnica y Económica, suscrito en Bonn el 15 de marzo de 1995.


El presente Convenio tiene por objeto fundamental establecer un marco jurídico institucional a los efectos de promover y canalizar la cooperación técnica y económica entre la República de Chile y la República Federal de Alemania, de manera tal de contribuir con ello al desarrollo social de ambos países.


Se detallan así las condiciones básicas de la cooperación técnica y económica, pudiendo incluso las Partes Contratantes, al amparo del presente Convenio, concertar acuerdos complementarios sobre proyectos específicos en ese ámbito. Dichos proyectos, sin embargo, deben efectuarse en el marco de los programas de desarrollo nacional o regional y cada Parte podrá encargar su ejecución a las instituciones que las mismas determinen sean éstas públicas o privadas.


La cooperación que prevé el Acuerdo podrá llevarse a cabo mediante el envío de expertos, el suministro de material, vehículos y equipo, la formación y perfeccionamiento de expertos y cualquier otra forma que convengan las Partes Contratantes. Se contempla, además, la posibilidad de que en la participación y financiamiento de los proyectos participen organismos internacionales multilaterales y regionales, como de Gobiernos e instituciones de terceros países.


Asimismo, se establecen las aportaciones específicas de cada Parte Contratante para los proyectos que se propicien en el contexto del Convenio, sin perjuicio que en cada proyecto se convenga de manera diferente. Corresponderán a la República Federal de Alemania, entre otras, las siguientes: remuneración de los expertos enviados; alojamiento y alimentación de los mismos y sus familias; viajes de los expertos enviados dentro y fuera de Chile; adquisición de material, equipos y vehículos; transporte y seguro de éste; y formación y perfeccionamiento de expertos, ejecutivos, funcionarios y científicos chilenos.


A su turno, el Gobierno de Chile asume las contribuciones que, a continuación, se indican: pondrá a disposición los terrenos y edificios necesarios para la ejecución de los proyectos en Chile, incluido su mobiliario, en la medida que éste no sea suministrado por Alemania; eximirá al material destinado para los proyectos por encargo del Gobierno de la...

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