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Resolucion núm. 1334 EXENTA, el 13 de Octubre de 2006. APRUEBA PROTOCOLOS DE ENSAYOS DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGETICA PARA LOS PRODUCTOS ELECTRICOS QUE SE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROTOCOLOS DE ENSAYOS DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGETICA PARA LOS PRODUCTOS ELECTRICOS QUE SE INDICAN

Núm. 1.334 exenta.- Santiago, 2 de octubre de 2006.-Visto: El DFL Nº1, de 1982, del Ministerio de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos; el artículo 3º Nº14, de la ley Nº18.410, Orgánica de esta Superintendencia; el artículo 60º de la ley Nº 18.681; los decretos Nº 399, de 1985 y Nº 298, de 2005, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que previo a su comercialización en el país, los siguientes productos deben certificarse de acuerdo a los protocolos pertinentes, según lo establecido en las siguientes resoluciones exentas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:

    . Refrigerador: RE Nº 32, de 4 de febrero de 1988 . Congelador y Refrigerador-Congelador: RE Nº109, de 22 de junio de 1988

    . Lámpara incandescente de filamento de tungsteno para iluminación general: RE Nº 32, de 4 de febrero de 1988

    . Lámpara fluorescente con balasto incorporado para iluminación general (LFC): RE Nº 40, de 6 de septiembre de 2006.

  2. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º Nº 14 de la ley Nº 18.410, corresponde a esta Superintendencia establecer las pruebas y ensayos que deben realizar los organismos de certificación, para otorgar los certificados de aprobación a los productos eléctricos, de gas y de combustibles líquidos que cumplan con las especificaciones normales y no constituyan peligro para las personas o cosas.

  3. Que en enero del año 2005 el Gobierno de Chile dio inicio al "Programa País de Eficiencia Energética", con la finalidad de introducir un cambio cultural en el ámbito del uso eficiente de la energía.

  4. Que existen normas internacionales ISO (International Organization for Standardization) e IEC (International Electrotechnical Commission), para la certificación de dichos productos.

  5. Que existen normas nacionales NCh (Norma Chilena), para el etiquetado de dichos productos, en cuya elaboración participó tanto personal de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) como del Programa País Eficiencia Energética (PPEE).

    Resolución:

  6. Apruébanse los protocolos de Eficiencia Energética para la certificación de los productos eléctricos que a continuación se indican:

    Producto Protocolo

    - Refrigerador, Congelador y

    ...

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