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Decreto núm. 1014, publicado el 30 de Agosto de 1991. APRUEBA PROTOCOLO FINANCIERO DE DONACION SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LAS REPUBLICAS DE CHILE Y FRANCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PROTOCOLO FINANCIERO DE DONACION SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LAS REPUBLICAS DE CHILE Y FRANCIA

Núm. 1.014.- Santiago, 8 de agosto de 1991.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 17, y 50 N° 1) inciso segundo, de la Constitución Política de la República; el Tratado de Cooperación Técnica y Científica suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Francia el 14 de septiembre de 1962, publicado en el Diario Oficial de 14 de mayo de 1964, y las facultades de que me encuentro investido, dicto el siguiente

Decreto:

Artículo único

Apruébase el Protocolo Financiero de Donación suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Francia el 10 de Octubre de 1990, para financiar un estudio técnico sobre la renovación de la red ferroviaria de Chile.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.- Carlos Ominami Pascual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Aliro Verdugo Lay, Director General Administrativo.

PROTOCOLO FINANCIERO DE DONACION FIRMADO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE FRANCIA

Con el objeto de estrechar los lazos de amistad y cooperación que los unen, el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Francia acordaron suscribir el presente protocolo.

ARTICULO 1

Monto y Objeto de las Ayudas Financieras.

El Gobierno francés otorga al Gobierno chileno una donación de un monto máximo de seis millones de Francos franceses (6 MF) para financiar un estudio técnico sobre la renovación de la red ferroviaria de Chile.

Dichas facilidades tienen por objeto financiar la compra en Francia de bienes y servicios franceses.

ARTICULO 2

Modalidades de Utilización de las Ayudas Financieras.

La primera cuota será de un monto mínimo del 15% del contrato imputado.

Un convenio entre el Credit National, actuando por cuenta del Gobierno de la República Francesa y el Ministerio de Planificación y Cooperación actuando por cuenta del Gobierno de la República de Chile especificará las modalidades de utilización de la donación.

ARTICULO 3

Plazo de Utilización y de Vigencia de la Donación del Tesoro Francés.

Para tener derecho a beneficiarse de las ayudas financieras mencionadas en el artículo 1, el...

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