Sobre protección de los derechos de los trabajadores en la era digital. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914506000

Sobre protección de los derechos de los trabajadores en la era digital.

Fecha28 Abril 2017
Fecha de registro28 Abril 2017
Número de Iniciativa11208-13
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Trabajo y Previsión Social
Autor de la iniciativaMuñoz D`Albora, Adriana, Tuma Zedán, Eugenio
MateriaDERECHOS DE LOS TRABAJADORES, ERA DIGITAL
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley

Boletín N° 11.208-13


Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Tuma y señora Muñoz, sobre protección de los derechos de los trabajadores en la era digital.


FUNDAMENTOS.


La "sociedad del conocimiento" está transformando la realidad del trabajo y estas transformaciones tensionan el ejercicio de los derechos laborales en ámbitos esenciales como la jornada laboral legal y la libertad de expresión de los trabajadores a través de las diversas plataformas, lo que demanda revisar las normativas vigentes en específico el Código del Trabajo fin de garantizar los derechos laborales fundamentales de los trabajadores, que es el propósito del presente proyecto de ley.


Junto a la era digital, han aparecido nuevas formas de trabajo-teletrabajo, crowdworking o cotrabajo, Smartwork, etc.- que están amenazando el prototipo clásico del trabajo -trabajo seguro, estable, predeterminado y de calidad-. Esto, por cierto, está impactando los derechos que protegen a los trabajadores y sus organizaciones sindicales, los cuales fueron pensados bajo los esquemas clásicos de la sociedad del trabajo.


Las funciones de trabajo están transformándose en la dirección de generar una serie de inseguridades y exigencias de movilidad y conectividad para los trabajadores. Así es cómo incluso han aparecido los "Knowmads-workers", esto es, aquellos trabajadores con una máxima movilidad para llevar el trabajo a cualquier lugar y ponerlo al servicio de cualquier empresa, sin ataduras fijas, sin vínculos estables, de forma nómada. Se trata de "Un tipo de profesional que supone la evolución - más sofisticada y completa - de casi todos los otros perfiles laborales, como autónomo, freelance, emprendedor o auto-empleado, al que se le añade unas características (como soft skills, capacidad de aprendizaje...)" (Roca, 2015).


Simultáneamente, las capacidades de control de los empleadores sobre los trabajadores se han expandido, en el sentido que los empleadores pueden recurrir a las comunicaciones de los empleados a través de las plataformas de redes sociales para monitorear su comportamiento y opiniones sobre ellos, la empresa, las condiciones laborales. Esto, sumado a otras formas de vigilancia laboral - video vigilancia, supervisión de correos institucionales y de comunicaciones móviles dentro de la empresa, entre otros - está generando un sistema de control que ha superado los límites físicos de los puestos de trabajo.


Tanto el mismo trabajo, como los sistemas de control sobre los trabajadores han superado los límites tradicionales que imponía el derecho del trabajo para proteger a los trabajadores. La jornada laboral parecía una barrera infranqueable que ahora ha sido superada por la perentoriedad para responder a los mensajes de la empresa fuera de ella. La vigilancia laboral, consubstancial a los mecanismos de control del trabajo propios de la relación laboral, se han desbordado a las esferas de libertad de expresión y opinión de los trabajadores, añadiendo de manera ilegítima más poder a los empleadores sobre sus empleados.


Lo anterior requiere la reformulación de las garantías de los derechos de los trabajadores para confrontar estas amenazas de la era digital para la protección de derechos laborales fundamentales.


EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA ERA DIGITAL


En nuestra sociedad actual, el número de comunicaciones, e-mails, mensajes electrónicos se ha vuelto astronómico. De esa manera, el trabajo se transformó en una preocupación constante, ininterrumpida, que desborda la esfera laboral e invade la esfera privada de los trabajadores. Incluso cuando los trabajadores - y no sólo en los niveles de los gerentes y ejecutivos - están con sus familias tienen dificultades para concentrarse en la actividad que vive, debido al permanente acoso de las comunicaciones de sus empleadores y jefaturas.


La necesidad de una concentración múltiple y la ausencia de un auténtico descanso impiden una auténtica recuperación de energías y favorecen los problemas de burnout de los trabajadores. A la auto-presión, se suman las exigencias de un entorno laboral cada vez más hostil al descanso, proliferando jefaturas hiperconectadas, que someten a sus subalternos a su propio ritmo, enviando e-mails y mensajes fuera de horarios de trabajo y esperando una respuesta inmediata, sin tener conciencia del impacto que esto puede tener en el destinatario y su entorno. En Alemania, la Oficina Alemana para la Seguridad y Salud en el Trabajo (BAuA) publicó en 2014 una investigación internacional que indica que en la medida que el trabajo contagia la esfera de lo privado, las personas sufren más estrés, agotamiento y disminución de su capacidad para desconectarse.


El Diario La Nación de Argentina sostiene que en Europa, 71% de los ejecutivos mira sus e-mails y otros mensajes electrónicos por la noche o durante los feriados. Y 76% estima que los instrumentos digitales tienen un impacto negativo en sus vidas personales, según la encuesta realizada por Deloitte en abril de 2015. Cerca del 62% de los trabajadores activos en Francia pedían una ley sobre la cuestión, según un estudio publicado en octubre de 2015 por La consultora Eleas, que también reveló que un 37% utiliza sus aparatos profesionales (teléfonos, tabletas, etcétera) fuera de los horarios de trabajo. Y según el sindicato Ugict-CGT, tres de cada diez personas con cargos de responsabilidad en las empresas están conectados en forma permanente1.


En este contexto fue que se propuso en Francia la ley El Khomri. La Ley 2016/1088, de 8 de agosto de 2016, conocida también como Loi Travail, establece, entre otras medidas, que las empresas deberán implantar sistemas tecnológicos que, de alguna manera, limiten o impidan que los trabajadores accedan al área de trabajo a través de dispositivos electrónicos fuera de su jornada laboral.


De este modo, desde el año 2017 la negociación anual sobre igualdad profesional entre las mujeres y los hombres y la calidad de vida en el trabajo, que se debe realizar de forma obligatoria con los representantes de los trabajadores en las empresas que cuenten con representación sindical, deberá tratar también el asunto de la desconexión digital. La negociación debe establecer "las modalidades del pleno ejercicio por el trabajador de su derecho a la desconexión y la puesta en marcha por la empresa de dispositivos de regulación de la utilización de los dispositivos digitales, a fin de asegurar el respeto del tiempo de descanso y de vacaciones, así como de su vida personal y familia (nuevo apartado 7° del Art. L. 2242-8 del Código de Trabajo Francés)."


En caso de no haber acuerdo, el empleador deberá elaborar una política de actuación que defina las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión. Además, se deberá prever la puesta en marcha de acciones de formación y sensibilización dirigidas al mismo sobre el uso razonable de los dispositivos digitales.


Aunque nos encontramos ante la primera ley que establece este derecho a la desconexión, hay empresas que ya habían implementado medidas de este tipo. Por ejemplo, los trabajadores de la compañía alemana Mercedes Benz, tienen la posibilidad de acogerse al sistema Mail on holiday, un pequeño programa que integrado en Outlook redirecciona los correos dirigidos a los trabajadores que se encuentran de vacaciones, a otros trabajadores que se encuentran en activo. El operador de telecomunicaciones Orange, mediante un acuerdo del pasado 27 de septiembre de 2016 pide a sus empleados que establezcan tiempos de no utilización de su mensajería electrónica, en particular durante las reuniones para facilitar la concentración.


Otra forma es restringir directamente el uso de los teléfonos móviles de empresa. Esto último es lo que ha hecho Volkswagen, que desde 2011 desconecta sus servidores informáticos entre las 18:15 horas y las 7:00 de la mañana. Así también, el fabricante de neumáticos Michelin también ha instaurado «un control...

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