Prorroga vigencia de ley N° 20.372, que establece un nuevo asiento para el Juzgado de Letras de Chaitén. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914497665

Prorroga vigencia de ley N° 20.372, que establece un nuevo asiento para el Juzgado de Letras de Chaitén.

Fecha10 Diciembre 2012
Número de Iniciativa8720-07
Fecha de registro10 Diciembre 2012
EtapaTramitación terminada Ley Nº 20.651 (Diario Oficial del 31/12/2012)
MateriaJUZGADO DE LETRAS DE CHAITÉN
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
MENSAJE PDL Chaiten











MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA LEY N° 20.372, QUE ESTABLECE UN NUEVO ASIENTO PARA EL JUZGADO DE LETRAS DE CHAITÉN.

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SANTIAGO, 20 de noviembre de 2012





MENSAJE 372-360/




A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que introduce modificaciones y prorroga la vigencia de la Ley N° 20.372, que establece un nuevo asiento para el juzgado de letras de Chaitén.

  1. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY

Como es sabido, a principios del mes de mayo de 2008, la provincia de Palena, Región de Los Lagos, sufrió una lamentable y considerable catástrofe natural producto de la repentina erupción del Volcán Chaitén, ubicado a escasos kilómetros de la ciudad del mismo nombre.


Esta erupción produjo serios daños, con especial intensidad en las comunas de Chaitén y Futaleufú, arruinando gran parte de sus edificaciones y predios.


Lo anterior gatilló la adopción de una serie de providencias urgentes, que tuvieron por objeto directo la protección de la vida y la integridad física de los habitantes de dichas comunas. En ese contexto, se ordenó la inmediata evacuación de la zona y se efectuó una declaración de zona afectada por catástrofe, a través del decreto supremo Nº 588, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial de 14 de mayo de 2008, conforme a la ley Nº 16.282.


Del mismo modo, se estimó pertinente impulsar medidas destinadas a permitir que, mientras durase la situación descrita, y hasta no contar con la seguridad de un posible restablecimiento de las normales condiciones de vida de los habitantes del área geográfica en cuestión, se posibilitara a quienes se encontraran residiendo en las comunas afectadas la reanudación de sus actividades dentro de la condiciones que permitieran las circunstancias.


Por lo anterior, y en particular en lo que dice relación a los temas de justicia, en agosto de 2008 se presentó un proyecto de ley para normalizar el estado de determinados servicios judiciales, mediante el traslado del asiento del tribunal de Chaitén, temporalmente y mientras durase la situación de catástrofe, desde la comuna de Chaitén a la de Futaleufú. Dicha iniciativa se materializó en la Ley N° 20.372, publicada en el Diario Oficial el 21 de agosto de 2009.


Junto con el traslado del asiento del tribunal con competencia sobre Chaitén, Futaleufú y Palena, la iniciativa otorgó un tratamiento especial a las causas que se encontraban en tramitación ante ese tribunal, disponiendo la continuidad de su sustantación en los juzgados de Puerto Montt, a menos que las partes o el solicitante o demandante pidieran mantener la competencia del juzgado de Chaitén, ahora con asiento en Futaleufú.


Del mismo modo, la ley en referencia determinó la suspensión de los plazos, diligencias y actuaciones pendientes ante el citado tribunal a la época de su entrada en vigencia, a fin de posibilitar a las partes la efectiva realización de las gestiones de imposible cumplimiento por las condiciones catastróficas de las localidades afectadas.

Finalmente, el texto legal dispuso que la facultad establecida en el inciso primero del artículo 21 A del Código Orgánico de Tribunales, sería ejercida por el juez de letras del tribunal que tendría ahora asiento provisorio en Futaleufú, en todas las causas penales en que se justificare, atendidas las especiales circunstancias existentes en la respectiva jurisdicción presentes a la fecha de entrada en vigencia del citado cuerpo legal.


Cabe señalar que el cuerpo legal aludido rige desde el 20 de octubre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2012, de tal manera que nos encontramos ad portas de la pérdida de vigor de este cuerpo normativo.


Sin embargo, a pesar de haber ya transcurrido cuatro años de la catástrofe, y más de tres años desde la entrada en vigencia del cuerpo legal citado, las experiencias recogidas in situ demuestran que las condiciones de vida de los habitantes del área geográfica en cuestión aún son precarias, dadas las enormes dificultades geográficas y climatológicas que hacen largo el proceso de avance, obligando a los servicios públicos a atender a quienes se encuentran residiendo en comunas aledañas, según el esquema que se fue desarrollando para sortear las consecuencias de la erupción.


En atención a las circunstancias indicadas y al estado de desarrollo de las actividades de emplazamiento de la ciudad de Chaitén, se hace necesario prorrogar la vigencia de la Ley N° 20.372, a fin de mantener el asiento del juzgado de letras en comento en la ciudad de Futaleufú, hasta que se encuentren dadas las condiciones óptimas para volver al régimen regular, que prevé su asiento en la...

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