Resolucion núm. 66, el 21 de Diciembre de 2006. COMPLEMENTA Y MODIFICA RESOLUCION Nº 113 DE 2005, QUE PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANQUIL - GOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470492574

Resolucion núm. 66, el 21 de Diciembre de 2006. COMPLEMENTA Y MODIFICA RESOLUCION Nº 113 DE 2005, QUE PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANQUIL

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO
Rango de LeyResolución

COMPLEMENTA Y MODIFICA RESOLUCION Nº 113 DE 2005, QUE PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANQUIL

Núm. 66.- Concepción, 20 de julio de 2006.- Considerando:

  1. Que por Resolución Nº 113 de fecha 28 de Noviembre de 2005 se aprueba y promulga el Plan Regulador Comunal de Ranquil, el que se encuentra con toma de razón por Contraloría Regional del Bío Bío, con fecha 23 de Febrero de 2006.

  2. Que, posteriormente, se ha constatado que en el Resuelvo Nº 4, mediante el cual se transcribe el texto íntegro de la Ordenanza Local del mencionado Plan Regulador Comunal de Ranquil, en su artículo 29 se contienen errores de transcripción y omisiones que se hace necesario corregir y complementar.

  3. Que en consecuencia con lo señalado en el considerando b), es necesario efectuar las rectificaciones y complementaciones respectivas.

Vistos: Lo dispuesto en el artículo 43º vigente, del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; en los artículos 2.1.10 y 2.1.11 vigentes, del D.S. Nº47 (V. y U.) de 1992, que contiene la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo previsto en los artículos 20 letra f); 24 letra p) y artículo 36 letra c), de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; Ley Nº 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en la Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República,

Resuelvo:

  1. Compleméntase el punto 4 del Resuelvo de la Resolución Nº 113 de fecha 28 de Noviembre del 2005, en lo pertinente al artículo 29 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Ranquil, intercalando antes del último párrafo que establece las condiciones para la Zona de Equipamiento ZE, las siguientes:

    "-Subdivisión predial mínima: 500 m2.

    -Coeficiente de ocupación máximo de suelo: 0,5.

    -Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,5"

  2. - Modifícase, a su vez el punto 4, antes mencionado, en lo pertinente al artículo 29 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Ranquil, en lo relativo a Zona Productiva Agrícola ZPA, cambiando la expresión:

    "Subdivisión predial mínima: 800 m2". Por la frase:

    "Subdivisión predial mínima:

  3. - Sustitúyase, a su vez en el punto 4, antes mencionado, en lo pertinente al artículo 29 de la Ordenanza Local del PRC de Ranquil en la Zona de Extensión...

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