Decreto 218 - PROMULGA LAS ENMIENDAS DE 1991 Y 1996 AL ANEXO DEL PROTOCOLO RELATIVO A LA INTERVENCION EN ALTA MAR EN CASOS DE CONTAMINACION DEL MAR POR SUSTANCIAS DISTINTAS DE LOS HIDROCARBUROS, 1973, ADOPTADAS POR EL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242477094

Decreto 218 - PROMULGA LAS ENMIENDAS DE 1991 Y 1996 AL ANEXO DEL PROTOCOLO RELATIVO A LA INTERVENCION EN ALTA MAR EN CASOS DE CONTAMINACION DEL MAR POR SUSTANCIAS DISTINTAS DE LOS HIDROCARBUROS, 1973, ADOPTADAS POR EL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA LAS ENMIENDAS DE 1991 Y 1996 AL ANEXO DEL PROTOCOLO RELATIVO A LA INTERVENCION EN ALTA MAR EN CASOS DE CONTAMINACION DEL MAR POR SUSTANCIAS DISTINTAS DE LOS HIDROCARBUROS, 1973, ADOPTADAS POR EL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL

Núm. 218.- Santiago, 11 de septiembre de 2002.- Vistos: El artículo 32, Nº 17, y 50 Nº 1), de la Constitución Política de la República, y la ley Nº 18.158,

Considerando:

Que el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional aprobó las Enmiendas de 1991 y 1996 al Anexo del Protocolo Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Contaminación del Mar por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos, 1973, mediante las Resoluciones MEPC. 49 (31) y MEPC. 72 (38), de fechas 4 de julio de 1991 y 10 de julio de 1996, respectivamente.

Que dichas Enmiendas fueron aprobadas por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 3.505, de 5 de septiembre de 2001, de la Honorable Cámara de Diputados.

Que el Instrumento de Ratificación de ambas Enmiendas se depositó ante el Secretario General de la Organización Marítima Internacional con fecha 7 de enero de 2002,

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlganse las Enmiendas de 1991 y 1996 al Anexo del Protocolo Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Contaminación del Mar por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos, 1973, aprobadas por las Resoluciones MEPC. 49 (31) y MEPC. 72 (38), del Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional, de fechas 4 de julio de 1991 y 10 de julio de 1996, respectivamente; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley Nº 18.158.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República de Chile.- Cristián Barros Melet, Ministro de Relaciones Exteriores subrogante.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Claudio Henríquez Arce, Director General Administrativo Subrogante.

El Secretario General de la Organización Marítima Internacional saluda atentamente a la señora María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de Relaciones Exteriores de la República de Chile, y tiene el honor de acusar recibo, el 7 de enero de 2002, del instrumento de ratificación por la República de Chile de las enmiendas de 1991 y 1996 (listas de sustancias) al Anexo del Procotolo relativo a la intervención en alta mar en caso de contaminación del mar por sustancias distintas de...

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