Decreto núm. 1628, publicado el 28 de Enero de 1997. PROMULGA EL ACUERDO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA EN EL AREA AGROPECUARIA CON LA REPUBLICA POPULAR CHINA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471196298

Decreto núm. 1628, publicado el 28 de Enero de 1997. PROMULGA EL ACUERDO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA EN EL AREA AGROPECUARIA CON LA REPUBLICA POPULAR CHINA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA EN EL AREA AGROPECUARIA CON LA REPUBLICA POPULAR CHINA

Núm. 1.628.- Santiago, 7 de noviembre de 1996.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 6 de noviembre de 1996 se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular China el Acuerdo de Cooperación Científica y Técnica en el Area Agropecuaria.

Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Cooperación Científica y Técnica, suscrito el 14 de octubre de 1980 y publicado en el Diario Oficial de 19 de octubre de 1981.

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo de Cooperación Científica y Técnica en el Area Agropecuaria, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular China el 6 de noviembre de 1996; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Cristián Barros Melet, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA EN EL AREA AGROPECUARIA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular China (en adelante denominados las Partes).

Considerando las relaciones de amistad existentes entre los dos países;

Teniendo presente el Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica suscrito entre las Partes el 14 de octubre de 1980;

Considerando el interés mutuo por desarrollar la cooperación científica y técnica en el área agropecuaria;

y

Deseando intensificar las relaciones bilaterales y la cooperación amistosa;

Han acordado lo siguiente:

ARTICULO I

El presente Acuerdo tiene por objeto promover la cooperación científica y técnica en el área agropecuaria y mejorar la productividad agropecuaria en los dos países. Por lo tanto, las Partes se comprometen a fomentar y realizar actividades de cooperación científica y técnica en el área agropecuaria, sobre la base del principio de igualdad y beneficio mutuo.

ARTICULO II

Las Partes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR