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Decreto núm. 520, publicado el 03 de Agosto de 1995. PROMULGA EL CONVENIO CULTURAL CON LA FEDERACION DE RUSIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL CONVENIO CULTURAL CON LA FEDERACION DE RUSIA

Núm. 520.- Santiago, 2 de mayo de 1995.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32, N° 17, y 50, N° 1), de la Constitución Política de la República.

C o n s i d e r a n d o:

Que con fecha 3 de junio de 1993 se suscribió el Convenio Cultural entre los Gobiernos de la República de Chile y de la Federación de Rusia.

Que dicho Convenio ha sido aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 510, de 20 de enero de 1995, de la Honorable Cámara de Diputados.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo XIV del mencionado Convenio.

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Convenio Cultural, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la Federación de Rusia el 3 de junio de 1993; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Daniel Carvallo C., Director General Administrativo Subrogante.

CONVENIO CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA FEDERACION DE RUSIA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la Federación de Rusia, en adelante denominados "Las Partes",

Considerando el interés de ampliar las relaciones de amistad que existen entre los dos pueblos por medio del desarrollo de la colaboración en los campos de la cultura, educación, deportes y otras áreas relacionadas con actividades culturales,

Atribuyendo especial importancia a los contactos directos entre ambos pueblos,

Apreciando la importancia de que ambos pueblos lleguen a conocer el legado cultural de sus países,

Confirmando la gran importancia del desarrollo multifacético de las relaciones culturales entre ambos países y propiciando su consolidación,

Han convenido lo siguiente:

ARTICULO I

Las Partes desarrollarán y ampliarán su colaboración en las distintas áreas de la cultura, artes, educación, defensa de los derechos de autor, información, turismo y deportes.

Para tales efectos, facilitarán el acceso y participación en eventos y actividades que se organicen en dichas áreas...

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