Decreto 230 - Promulga el Convenio de Cooperación sobre Asistencia a la Niñez y a la Adolescencia entre la República de Chile y la República del Ecuador. Niño. Adolescente. Juventud
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL CONVENIO DE COOPERACION SOBRE ASISTENCIA A LA NIÑEZ Y A LA ADOLESCENCIA ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA DEL ECUADOR
Núm. 230.- Santiago, 1 de junio de 2006.- Vistos: El artículo 32, Nº 15, y 54, Nº 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 1 de diciembre de 2005 se suscribió entre la República de Chile y la República del Ecuador el Convenio de Cooperación sobre Asistencia a la Niñez y a la Adolescencia.
Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Ecuador, suscrito el 18 de octubre de 1993.
Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Sexto del mencionado Convenio y, en consecuencia, éste entrará en vigor el 19 de junio de 2006,
Decreto:
Promúlgase el Convenio de Cooperación sobre Asistencia a la Niñez y a la Adolescencia entre la República de Chile y la República del Ecuador, suscrito con fecha 1 de diciembre de 2005;
cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- Michelle Bachelet Jeria, Presidenta de la República de Chile.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Pablo Piñera Echenique, Director General Administrativo.
CONVENIO DE COOPERACION SOBRE ASISTENCIA A LA NIÑEZ Y A LA ADOLESCENCIA ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA DEL ECUADOR
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Ecuador, en adelante denominados "las Partes",
Propendiendo a que los niños, niñas y adolescentes se beneficien de las políticas públicas de sus respectivos Estados;
Considerando que la protección y la defensa de la niñez y la adolescencia es fundamental para el desarrollo de ambas naciones;
Teniendo presente que el Servicio Nacional de Menores de Chile y el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia del Ecuador son entidades que cuentan con una importante vida institucional y experiencia en los ámbitos inherentes a sus competencias;
Convencidos de que el intercambio de información y experiencias en torno a las materias objeto de este Convenio representará un aporte significativo para sus respectivos Estados;
Considerando el Convenio Básico de Cooperación...
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