Decreto núm. 805, publicado el 16 de Octubre de 1991. PROMULGA EL ACUERDO CON CANADA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE UN CONSEJO CONJUNTO SOBRE LA ECONOMIA Y EL COMERCIO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO CON CANADA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE UN CONSEJO CONJUNTO SOBRE LA ECONOMIA Y EL COMERCIO
N° 805
PATRICIO AYLWIN AZOCAR
Presidente de la República de Chile
POR CUANTO, con fecha 3 de junio de 1991 se suscribió el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá con respecto al Establecimiento de un Consejo Conjunto sobre la Economía y el Comercio.
Y POR CUANTO, dicho Memorándum de Entendimiento fue adoptado en base a lo dispuesto en el convenio Comercial suscrito el 10 de septiembre de 1941 y publicado en el Diario Oficial de 10 de junio de 1944.
POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 N° 17 y 50 N° 1), de la Constitución Política de la República, dispongo y mando que se cumpla en todas sus partes y que se publique copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Dado en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y uno.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.- Carlos Ominami Pascual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Aliro Verdugo Lay, Director General Administrativo.
MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE CANADA CON RESPECTO AL ESTABLECIMIENTO DE UN CONSEJO CONJUNTO SOBRE LA ECONOMIA Y EL COMERCIO
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá (en adelante denominados las Partes):
Deseosos de estrechar los lazos de amistad recíproca y de promover la prosperidad en ambos países;
Conscientes de las oportunidades especiales que ofrecen las políticas y prácticas comerciales abiertas de la República de Chile en materia de comercio y de inversiones;
Considerando el compromiso de ambas Partes de alcanzar una liberalización del comercio, incluyendo la negociación de acuerdos para abrir mercados y promover un comercio más libre;
Aunando esfuerzos por promover un mayor comercio internacional y las relaciones económicas entre los dos países;
Teniendo presente el Convenio Comercial suscrito en Santiago, en 1941;
Reconociendo los...
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