Decreto núm. 1550, publicado el 22 de Enero de 1997. PROMULGA EL ACUERDO CON LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO 'AMPLIACION DEL LICEO INDUSTRIAL CHILENO-ALEMAN DE ÑUÑOA' - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471197566

Decreto núm. 1550, publicado el 22 de Enero de 1997. PROMULGA EL ACUERDO CON LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO 'AMPLIACION DEL LICEO INDUSTRIAL CHILENO-ALEMAN DE ÑUÑOA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO CON LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO "AMPLIACION DEL LICEO INDUSTRIAL CHILENO-ALEMAN DE ÑUÑOA"

Núm. 1.550.- Santiago, 24 de octubre de 1996.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que por Cambio de Notas de fechas 14 de mayo y 22 de octubre de 1996 los Gobiernos de la República de Chile y de la República Federal de Alemania adoptaron el Acuerdo por el cual promoverán, por un período de tres años, el Acuerdo sobre el Proyecto "Ampliación del Liceo Industrial Chileno-Alemán de Ñuñoa", publicado en el Diario Oficial de 23 de septiembre de 1994.

Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Convenio Básico sobre Cooperación Económica y Técnica, suscrito el 18 de octubre de 1968 y publicado en el Diario Oficial de 27 de diciembre de 1969.

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo adoptado entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Federal de Alemania por Cambio de Notas de fechas 14 de mayo y 22 de octubre de 1996, por el cual promoverán el proyecto "Ampliación del Liceo Industrial Chileno-Alemán de Ñuñoa", publicado en el Diario Oficial de 23 de septiembre de 1994; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Cristián Barros Melet, Embajador, Director General Administrativo.

Santiago, 22 de junio de 1996.

Señor Embajador:

Tengo el honor de acusar recibo de la atenta Nota de Vuestra Excelencia fechada el 14 de mayo de 1996, que propone lo siguiente:

"Con referencia al Acuerdo del 19 de febrero de 1993 sobre la ampliación del Liceo Industrial Chileno-Alemán de Ñuñoa, así como al Convenio Básico sobre Cooperación Económica y Técnica del 18 de octubre de 1968, celebrado entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Chile, tengo el honor de proponer a Ud., en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente acuerdo:

  1. (1) El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Chile promoverán conjuntamente, por un período de tres años más que empezará el 1.2.1996 y finalizará el 31.1.1999, el proyecto "Ampliación del Liceo Industrial Chileno-Alemán de Ñuñoa" con el objeto de mejorar cualitativamente la formación profesional en las especialidades Mecánica Industrial, Matricería, Electricidad/Electrónica y Construcciones Metálicas y difundir el Sistema dual a otros Liceos.

    (2) Por la parte alemana, las prestaciones serán otorgadas por el Gobierno del Estado Federado de Baden- Württemberg.

    (3) En particular, la cooperación comprende lo siguiente:

    1. La formación y perfeccionamiento profesionales de las contrapartes chilenas que trabajan en el proyecto, tanto en la teoría como en la práctica;

    2. la formación de aprendices;

    3. asesoría a empresas, referente a materia de formación profesional;

    4. asesoría en materias de organización y administración del Liceo;

    5. asesoría al Ministerio de Educación de Chile.

  2. Aportaciones del Gobierno del Estado Federado de Baden- Württemberg:

    (1) Enviará:

    1. Como jefe del grupo de expertos alemanes, un (1) experto en Formación Profesional, por un período de hasta 36 meses/experto;

    2. un (1) experto en conformación de talleres en Mecánica Industrial, Matricería, Construcciones Metálicas y en asesoría y empresas, por un período de hasta 36 meses/experto;

    3. un (1) experto para la especialidad de Electricidad/Electrónica y la asesoría a empresas, por un período de hasta 36 meses/experto;

    4. expertos de corto plazo, para la realización de seminarios y para el análisis de materias técnicas específicas, por un período máximo total de hasta 8 meses/experto.

      (2) Suministrará:

    5. En concordancia con las entidades encargadas de la realización del Proyecto y CIF Santiago, los equipos y materiales para la especialidad de Electricidad/Electrónica por un valor total de hasta DM 800.000.- (ochocientos mil marcos alemanes) y, los equipos y materiales para completar el equipamiento de las especialidades del sector metal hasta un valor total de DM 100.000.- (cien mil marcos alemanes).

      (3) Se hará cargo de:

    6. Las remuneraciones de los expertos alemanes enviados;

    7. el alojamiento de los expertos enviados y de sus familias, en la medida que estos gastos no corran a cargo de los expertos mismos;

    8. los viajes de servicios de los expertos alemanes enviados, dentro y fuera de la República de Chile;

    9. el costo de transporte y seguro de los bienes mencionados en el subpárrafo 2 hasta el emplazamiento del proyecto en Santiago; se exceptúan los gravámenes mencionados en el párrafo 3 (4).

  3. Aportaciones de la República de Chile:

    (1) Pondrá a disposición del Proyecto los necesarios edificios, aulas, oficinas y las instalaciones técnicas, en la medida que estas últimas no sean suministradas por el Gobierno del Estado Federado de Baden-Württemberg en conformidad con el párrafo 2 (2), y asumirá los gastos corrientes de funcionamiento y mantenimiento.

    (2) Pondrá a disposición del Proyecto los necesarios profesores-instructores calificados (incluyendo las contrapartes chilenas de los expertos alemanes en misión a largo plazo), como asimismo el número necesario de personal administrativo y auxiliar, asumiendo todos los gastos derivados del empleo de personal chileno.

    (3) Propondrá oportunamente postulantes suficientemente preparados profesionalmente para recibir formación y perfeccionamiento profesional en Chile. Serán postulados sólo aquellos candidatos que se hayan comprometido formalmente a trabajar un mínimo de cinco (5) años en el Proyecto, con posterioridad al perfeccionamiento recibido. El Gobierno de la República de Chile velará para que estos expertos sean debidamente remunerados, de acuerdo a su formación profesional.

    (4) Eximirá los equipos y materiales suministrados para el Proyecto por encargo del Gobierno del Estado Federado de Baden-Württemberg de tasas de licencias, derechos de importación y exportación, así como otros gravámenes, y asegurará el expedito desaduanamiento de los bienes. Los impuestos y eventuales derechos de almacenaje que graven la adquisición en Chile de material para...

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