Prohíbe el uso de celulares al interior de bancos e instituciones financieras, con el objeto de evitar actos delictuales.
Fecha | 03 Octubre 2006 |
Número de Iniciativa | 4569-25 |
Fecha de registro | 03 Octubre 2006 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Barros Montero, Ramón, Cubillos Sigall, Marcela, Forni Lobos, Marcelo, Hernández Hernández, Javier, Kast Rist, José Antonio, Lobos Krause, Juan, Melero Abaroa, Patricio, Recondo Lavanderos, Carlos, Uriarte Herrera, Gonzalo, Ward Edwards, Felipe |
Materia | BANCOS, DELITOS, INSTITUCIONES FINANCIERAS, TELEFONÍA CELULAR |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Prohíbe el uso de celulares al interior de bancos e instituciones financieras, con el objeto de evitar actos delictuales
Boletín N° 4569-25
Que, sin duda la delincuencia se ha transformado en una realidad de la mayor preocupación para la sociedad chilena. Día a día la población se entera de asaltas a personas, residencias, instituciones bancarias etc.
Que, las policías de nuestro país han detectan habitualmente nuevas formulas ideadas por los delincuentes para facilitar la comisión de sus delitos, por ejemplo esta de moda el marcar con figuras no definidas las residencias particulares para saber el momento exacto para poder ser desvalijadas o marcar a una persona saliendo de un banco con una suma de dinero y así poder ser asaltada etc.
Que, es precisamente en este punto donde creemos que sería eficiente legislar, prohibiendo el uso de un celular al interior de una institución financiera, ya que de esta forma imposibilitaríamos la coordinación de un delincuente al interior de un banco que llama a su cómplice que se encuentra en el exterior entregándole las señas físicas y de vestimenta de un cliente que lleva consigo una suma indeterminada de dinero.
Que, esta idea se ha implantado exitosamente en Argentina, México y en algunos Estados de U.S.A, eliminado de esta forma una posibilidad al mundo delictual para cometer sus actos ilícitos.
Proyecto de Ley:
Artículo único: Prohíbase la utilización de celulares o móviles al interior de bancos, instituciones financieras y casas de cambio de dinero.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba