Prohíbe a los directores de Televisión nacional de Chile, prestar asesoría en las materias que indica, a organismos del Estado y empresas privadas.
Fecha | 06 Julio 2005 |
Fecha de registro | 06 Julio 2005 |
Número de Iniciativa | 3916-07 |
Materia | CONSULTORÍAS, TELEVISION NACIONAL DE CHILE |
Autor de la iniciativa | Monckeberg Díaz, Nicolás |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
PROHIBE A LOS DIRECTORES DE TELEVISIÓN NACIONAL DE CHILE
PRESTAR ASESORÍA EN LAS MATERIAS QUE INDICA, A ORGANISMOS DEL ESTADO Y EMPRESAS PRIVADAS
BOLETÍN N° 3916-07
Honorable Cámara de Diputado:
Recientemente nos hemos impuesto de diversas situaciones derivadas de la celebración de contratos por parte de funcionarios o directores de empresas del Estado, con otros organismos públicos, que si bien no caerían dentro de tipos del Código Penal y no corresponden expresa y circunstanciadamente a las conductas reñidas con la probidad administrativa, merecen un juicio de reproche.
En efecto, la sola circunstancia de que ni la ley penal ni la ley administrativa prohiban la celebración de un contrato, no constituye necesariamente una autorización abierta para su celebración entre personas que se deben a organismos públicos. Nos encontramos ciertamente, en una zona limítrofe entre las disposiciones del derecho positivo y los criterios éticos que es necesario respetar.
Un caso específico donde tal situación se presenta, es en el Directorio de Televisión Nacional de Chile, algunos de cuyos directores han prestado asesorías a empresas del Estado.
Adicionalmente, la seguridad jurídica para el desarrollo de la actividad de los directores de Televisión Nacional de Chile requiere de norma expresa que les impida celebrar contratos de asesoría en materias comunicacionales, periodísticas o de publicidad con organismos del Estado. Ello, por cuanto resulta manifiesto que en ese caso, .el hecho de ser director del Canal de Televisión Estatal constituye una ventaja que otros no tienen, por lo que ejercer asesorías en esa condición constituye una forma indirecta de servirse del cargo para intereses particulares, que es lo que se debe evitar.
Por estas consideraciones, presento ante esta H. Cámara, el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único.&8209; Agrégase al inciso primero del artículo 14 de la ley N° 19.132, sustituyendo el punto (.) final por un punto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba