Prohíbe la caza de cetáceos en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional y establece medidas de protección que indica. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914509374

Prohíbe la caza de cetáceos en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional y establece medidas de protección que indica.

Fecha12 Diciembre 2007
Número de Iniciativa5572-12
Fecha de registro12 Diciembre 2007
EtapaArchivado
MateriaBALLENAS, CAZA, CETÁCEOS
Autor de la iniciativaGirardi Lavín, Guido, Horvath Kiss, Antonio, Muñoz Aburto, Pedro, Prokurica Prokurica, Baldo
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
MOCION



MOCION


VALORA Y PROTEGE LAS BALLENAS, PROHIBIENDO SU CAZA




CONSIDERANDO:


1.- El que los cetáceos se encuentran en peligro de extinción, y han sido históricamente un objeto de caza y que pese a los acuerdos internacionales se les sigue capturado por parte de algunos países como Japón, Noruega e Islandia, con la excusa de tener fines científicos.


2.- El que las distintas especies de ballenas ha disminuido en forma sustancial y en algunos a un porcentaje bajo el 10% de la estimación de su población original según se señala en el cuadro adjunto.


Especie

Estimación de tamaño poblacional original

Estimación de tamaño poblacional actual

Estimación % actual

Cachalote

2.500.000

1.500.000

60%

B.azul

300.000

<5.000

<2%

B.de aleta

600.000

<100.000

<17%

B. Sei.

250.000

<65.000

<26%

R. de Bryde

90.000

<80.000

<89%

Minke

850.000

<420.000

<49%

Jorobada

250.000

<20.000

<8%

B.Gris

26.000

17.500

67%

Franca boreal

200.000

<1.000

<1%

Franca austral

150.000

<4.000

<3%

Franca de Groenlandia

30.000

<8.500

<28



3.- El que las ballenas constituyen además un atractivo para el turismo de intereses especiales que deja lejos más ingresos y genera más actividad económica que su captura.


4.- El que para la investigación científica de ellas no se requiere métodos letales.


5.- Que Chile tiene un perímetro de costa de 80.000 kms. y ocupa un lugar relevante en el cuadrante Sur Oriente del Océano Pacífico y por ello cuenta en las aguas de la Zona Económica Exclusiva de una cantidad relevante y diversa de especies de ballenas.


6.- El que las ballenas constituyen una especie símbolo de los ecosistemas que resulta conveniente valorar y proteger.










7.- El que en Chile se encuentra prohibida la caza de ballenas por 30 años mediante Decreto 225 de 1995 que establece su veda extractiva


8.- El que es conveniente que una ley establezca la protección y prohibición de captura y caza de las ballenas.


E s que vengo en presentar la siguiente Moción de Ley:














































MOCION DE LEY


VALORA Y PROTEGE LAS BALLENAS, PROHIBIENDO SU CAZA”


Artículo 1°


Prohíbase la caza de cetáceos en las aguas jurisdiccionales y en la Zona Económica Exclusiva de todo Chile.


Artículo 2°


Las naves que circulen en las aguas marinas en que tenga tuición el país, deberán contemplar las precauciones necesarias para evitar colisiones con las ballenas.


Artículo 3°


Toda nave que circule en las aguas que señala el Artículo 2° y que aviste ballenas, deberá dejar un registro de avistamientos, según lo establezca el reglamento e informar a la autoridad marítima.


Artículo 4°


Del mismo modo que se señala en el Artículo 3°, deberán llevar un registro e informar de las ballenas que se detecten en el Mar Presencial, según lo señala la Ley General de Pesca y Acuicultura.


Artículo 5°


El que contravenga las disposiciones del Artículo 1° será sancionado con la multa máximas que establece la Ley General de Pesca y Acuicultura, y la pena contemplada en el Artículo 291 bis del Código Penal aumentada en un grado.


Artículo 6°


El que contravenga las disposiciones de los Artículos 2, 3 y 4 será sancionado según el Art. 113° de la Ley General de Pesca y Aculcultura.


Artículo 7°


La reiteración de las infracciones señaladas de los Artículo 5° y 6° subirá al doble las sanciones establecidas.




ANTONIO HORVATH KISS

Senador

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