Proceso de cobro patentes impagas derechos de aprovechamiento de aguas - año 2021 - 15 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875708795

Proceso de cobro patentes impagas derechos de aprovechamiento de aguas - año 2021

Fecha de publicación15 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2005476
SecciónAvisos Destacados
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.055
CVE 2005476 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.055 | Miércoles 15 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Avisos
CVE 2005476
MINISTERIO DE HACIENDA
Tesorería General de la República
Tesorería Regional de Ñuble
PROCESO DE COBRO PATENTES IMPAGAS DERECHOS APROVECHAMIENTO
DE AGUAS - AÑO 2021
1º Juzgado de Letras en lo Civil San Carlos, en autos caratulados “Tesorería Regional de
Ñuble con Abarzúa” causa Rol C-272-2021, resolución de 3 de junio de 2021, ha resuelto: A lo
principal, por acompañada nómina en la forma solicitada. Despáchese mandamiento de ejecución
y embargo. Al primer otrosí, como se pide, practíquese una publicación en el Diario Oficial el
día primero o quince de cada mes, o el primer día hábil inmediatamente siguiente si aquellos
fueren feriados, y en forma destacada, en el diario La Crónica de Chillán, mediante extractos
redactados por la Ministro de Fe del Tribunal. Notifíquese por carta certificada. Al segundo
otrosí, por acompañados los documentos, con citación. Al tercer otrosí, téngase presente y por
acompañado el documento, con citación. Cuantía: indeterminada.
MANDAMIENTO DE AGUAS
En San Carlos, a tres de junio de dos mil veintiuno. Requiérase de pago a Inversiones Los
Sauces SpA, por los derechos de aprovechamiento de aguas de 14283,33 l/s más 33783,33 l/s,
más 19758 l/s, más 11466,7 l/s, para que en el acto del requerimiento pague a Tesorería
Provincial de Ñuble o a quien sus derechos represente, la suma de 3393,72 UTM más 4459,4
UTM, más 3390,47 UTM, más 1967,69 UTM, más intereses y costas; requiérase de pago a
Transnet S.A., por los derechos de aprovechamiento de aguas de 29263,33 l/s, más 18070,83 l/s,
para que en el acto del requerimiento pague a Tesorería Provincial de Ñuble o a quien sus
derechos represente, la suma de 1660,99 UTM, más 341,9 UTM, más intereses y costas;
requiérase de pago a Hidroeléctrica Trekan S.A., por los derechos de aprovechamiento de aguas
de 3036,75 l/s, más 7709 l/s, para que en el acto del requerimiento pague a Tesorería Provincial
de Ñuble o a quien sus derechos represente, la suma de 1030,19 UTM, más 871,73 UTM, más
intereses y costas; requiérase de pago a Agrícola El Roble Huacho Limitada, por los derechos de
aprovechamiento de aguas de 606,25 l/s, más 770,58 l/s, para que en el acto del requerimiento
pague a Tesorería Provincial de Ñuble o a quien sus derechos represente, la suma de 136,04
UTM, más 213,6 UTM, más intereses y costas; requiérase de pago a Enerplus S.A., por los
derechos de aprovechamiento de aguas de 29480,83 l/s, para que en el acto del requerimiento
pague a Tesorería Provincial de Ñuble o a quien sus derechos represente, la suma de 1109,07
UTM, más intereses y costas; requiérase de pago a Sociedad Inversiones San Antonio Ltda. y
otros, por los derechos de aprovechamiento de aguas de 52000 l/s, para que en el acto del
requerimiento pague a Tesorería Provincial de Ñuble o a quien sus derechos represente, la suma
de 2574 UTM, más intereses y costas; requiérase de pago a Agrícola El Roble Huacho Limitada,
por los derechos de aprovechamiento de aguas de 1674,42 l/s, para que en el acto del
requerimiento pague a Tesorería Provincial de Ñuble o a quien sus derechos represente, la suma
de 375,74 UTM, más intereses y costas; requiérase de pago a María Adela Olalde Vallejo y
otros, por los derechos de aprovechamiento de aguas de 14,7 l/s, para que en el acto del

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